El Tribunal Supremo ha anulado la condena a dos meses de prisión por un delito de lesiones con instrumento peligroso que la Audiencia de Navarra impuso a una mujer que dio una cuchillada al hombre con el que convivía después de que este la agrediese y la amenazase con matarla y violarla. El tribunal la absuelve al aplicarle la eximente de legítima defensa, ya que reaccionó de forma proporcionada a una agresión ilegítima. La Audiencia de Navarra compartía que la mujer respondió a una agresión ilegítima pero entendió que no concurría el requisito de que el medio empleado fuese el idóneo. Á. VÁZQUEZ