Un torero de la Pobla de Vallbona ha aceptado la pena de un año y cuatro meses de cárcel por estafar a su seguro con dos robos falsos de trajes de luces, capotes, chaquetillas y botas. Es lo que se desprende de la sentencia firme de la Audiencia Provincial de València, donde el torero se considera autor de dos delitos, el de estafa consumada e intento de estafa y otro de delito de falsedad documental.

Junto al año y cuatro meses de cárcel, al torero le han fijado una multa de 720 euros. Se suspende la pena de prisión siempre que no cometa ningún nuevo delito en los próximos cuatro años.

La estafa se destapó gracias a la investigación de Grupo de Policía Judicial de la Guardia Civil de la Pobla de Vallbona y de la agencia de detectives Distrito 46. Los hechos se remontan a 2012, cuando el torero interpuso la primera denuncia en la Comandancia de la Guardia Civil de la Pobla de Vallbona. Según explicó, habían entrado a robar en su vivienda unifamiliar tras cortar la valla metálica, romper la ventana del comedor y el bombín de la puerta de la cocina. Aportó un listado de los objetos sustraídos y el seguro le abonó 31.000 euros, y aseguró que era la segunda vez que entraban a robar en su vivienda en el último año.

Apenas unos meses después, en 2013, el torero acudió de nuevo a la Guardia Civil y denunció otro robo de diversos efectos del interior de su casa. Dio parte a su compañía de seguros, pero en esta ocasión no se le llegó a abonar nada porque la compañía aseguradora detectó el fraude.

Para justificar los objetos sustraídos, el hombre, a sabiendas de que no era cierta, presentó una factura elaborada por sí mismo o por otra persona de una tienda de sastrería de toreros.

En el listado de la compra venta, el acusado reflejaba la adquisición de cuatro trajes de campero, un zahones de piel, una chaquetilla marsellesa, cuatro capotes de paseo con imagen, seis trajes de luces y dos pares de botas.?Todo ello, según adució, estaba valorado en 33.360 euros. Las pruebas detectaron la falsedad de la venta, pues según se detalla en la sentencia, la firma sobre el «pagado» se atribuía al vendedor el 10 de enero de 2013, «con un sello distinto al de la empresa y un número de facturación que tampoco corresponde con los entregados por la empresa».