Fue de las primeras personas en solicitar la Renta Valenciana de Inclusión (RVI), una ayuda que arrancaba en abril de 2018 con el compromiso de garantizar una cuantía mensual mínima a quienes carecían de ingresos. Antonio González Vargas cumplía todos los requisitos, principalmente el de carecer de ingresos en una unidad familiar formada por seis miembros, donde cuatro, además, son menores con edades comprendidas entre los 4 y los 16 años. Sin embargo, nueve meses después le llegó la resolución de la Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas, que le cayó como un jarro de agua fría: solicitud denegada.

¿Por qué le deniegan a una familia sin ingresos la RVI? En la resolución consta que se deniega «el derecho a la renta de garantía de inclusión social por estar desarrollando una actividad laboral según el art. 11.9 del Decreto 60/2018, de 11 de mayo, del Consell, por el que se desarrolla la Ley 19/2017, de 20 de diciembre, de la Generalitat, de renta valenciana de inclusión».

Sin embargo, y a pesar de la redacción en presente del escrito recibido, Antonio ni trabajaba cuando pidió la solicitud ni cuando le llegó la resolución, aunque durante esos 9 meses en los que duraron los trámites del proceso sí trabajó. Concretamente, 12 días, tal como consta en su vida laboral. El 6 de agosto y el 8 de agosto, en días sueltos, para la misma empresa de etiquetado de bebidas, y en una conocida empresa de reparto durante 10 días, del 6 al 15 de diciembre de 2018.

Por ese motivo -por trabajar 12 días durante el periodo de trámite- la conselleria deniega la RVI y también «el derecho al complemento de alquiler de vivienda habitual y derechos energéticos de la renta de garantía de inclusión social por no tener reconocida una prestación de cualquiera de las modalidades de Renta Valenciana de Inclusión, en fecha de la solicitud y en la resolución». La familia presentó entonces un recurso de alzada en el que hacía hincapié en la presencia de cuatro menores en un hogar que carece de ingresos.

«Mi situación familiar de seis miembros, cuatro de ellos menores, es límite. Estamos con deudas de alquiler, agua y luz. Hemos tenido un juicio reciente sobre el desahucio de la vivienda. Los días que he trabajado ha sido por ETT. Pido la revisión del expediente para que miren la vida laboral y se hagan cargo de mi situación. Espero respuesta en breve», reza el escrito, presentado el 20 de febrero de 2019. La familia aún no ha obtenido respuesta.

La ayuda que llega de fuera

Antonio se lleva las manos a la cabeza. «Jamás pensé que por trabajar 12 días me denegarían la renta. Quiero trabajar, necesito trabajar. ¿Cómo voy a negarme siquiera a un día de empleo?», afirma. Así que Antonio ha vuelto a presentar la solicitud de la Renta Valenciana de Inclusión. No lo ha hecho solo. Conoció a un socialista de base, un vecino llamado Juan Vicente Cosín, que le ha ayudado a recopilar la documentación (75 folios) que exige una ley «magnífica en el papel y que, sin embargo, no se cumple».

«Los problemas a los que se enfrenta una persona en exclusión social son terribles y la documentación que se les exige, una barbaridad. En este caso, además, hay cuatro menores que no se tienen en cuenta. La ley permite que el usuario trabaje hasta 3 meses porque lo contrario supondrá que nadie mueva un dedo si cree que peligra su solicitud de renta. Ese no es el espíritu de una ley que persigue la inserción laboral».