L a Iglesia puso a su nombre en la Comunitat Valenciana 912 propiedades entre 1998 y 2015 gracias a la ley Aznar . De ellas, 726 se refieren a templos o dependencias complementarias dedicadas a fines religiosos. Pero 186 figuran como «otros destinos». Se trata de fincas rústicas, solares, viviendas, edificios, plazas de aparcamiento o locales de uso comercial y hasta industrial que los distintos obispados pudieron inscribir con una certificación eclesiástica, algo duramente contestado por las distintas asociaciones laicas. Disponer del listado completo de bienes permitirá ahora que ayuntamientos o particulares puedan reclamar aquellos cuya titularidad se considere en entredicho.

Con acreditación diocesana figuran 789 y otras 123 con un título distinto. Por provincias, Valencia tiene 522 registrados a favor de la Iglesia, con Castelló en segundo lugar (212) y por último Alicante (178). El grueso de las propiedades corresponde a capillas, ermitas, patronatos, cementerios parroquiales, calvarios o casas abadía. En el caso de Castelló solo figuran un templo, el de la Sagrada Familia, y una edificación para fines asistenciales, como es la Fundación Casa Colegio Niños Huérfanos de San Vicente Ferrer.

Del resto de la provincia de Castellón destacan la arciprestal de Morella, la iglesia de la Sangre de Vilafamés, la capilla del Pilar o Els Lluïsos en Vila-real, la capilla San José de Onda, la Natividad de Nuestra Señora de Almassora, la arciprestal de Vinaròs o la catedral basílica de Segorbe.

En el caso de València ciudad figuran casi todos los templos de renombre. Destaca la catedral basílica, San Nicolás, Santa Catalina, los Santos Juanes, San Juan del Hospital o Santa María del Temple. En algunos casos es el Arzobispado el que reza como titular. En otros, las parroquias.

También aparecen edificios como institutos, patios escolares o pabellones deportivos. Entre los usos no propiamente para el culto, aparecen en el listado enviado al Congreso parcelas urbanas o incluso casas con corral, granero, piso alto y cubierta en municipios como Paiporta. En Alboraia, por ejemplo, el templo y la ermita son propiedad de la parroquia de la Asunción de Nuestra Señora, pero un edificio a priori sin destino religioso pertenece a la parroquia Santísima Cruz de València.

En Alicante, el Gobierno incluye en el listado la concatedral de San Nicolás, la basílica de Santa María en Elx, o la catedral y el palacio Episcopal de Orihuela.

El listado en toda España asciende a 34.961 bienes, con 20.014 para uso religioso o de culto. Castilla y León con 10.243, es la autonomía que más inmuebles acredita en poder de la Iglesia, seguida por Galicia (7.131), Cataluña (4.192), Cantabria (2.058) o Castilla-La Mancha (1.756). País Vasco, la que menos, con apenas 88.

La modificación de la Ley Hipotecaria hizo posible que desde 1998 se pudieran inscribir los bienes destinados al culto con la simple certificación expedida por el órgano diocesano correspondiente, circunstancia que supuso una masiva inscripción en el Registro. La consulta pública del origen de la inmatriculación allana el camino para posibles reclamaciones en caso de conflictos sobre la titularidad. En el 2015 se puso fin a esa posibilidad.