La Agencia Tributaria confirma cuándo podrás cobrar la declaración de la renta

Hacienda devolverá miles de euros a los ciudadanos

La Agencia Tributaria se encuentra inmersa en plena declaración de la renta 2024.

La Agencia Tributaria se encuentra inmersa en plena declaración de la renta 2024.

Hacienda devuelve dinero a algunos contribuyentes en la declaración de la renta debido a que las retenciones practicadas durante el año fiscal han sido mayores que el impuesto real que deben pagar. Esto ocurre cuando el contribuyente tiene derecho a deducciones, créditos fiscales u otros beneficios que reducen su carga impositiva. Las fechas para confeccionar su declaración de Renta y Patrimonio 2023 oscilan entre el pasado 3 de abril hasta el próximo 1 de julio de 2024, pero los más ‘madrugadores’ a la hora de presentarlo ya están pendientes de saber cuándo recibirán su dinero.

Hacienda ha confirmado el plazo en el que se harán las devoluciones después de que ya haya cobrado también su parte de los que han presentado la declaración y esta les ha salido ‘a pagar’. Si la Agencia Tributaria se ve obligada a devolver al usuario cuenta con seis meses para ingresar el dinero, empezando a contar desde la finalización del plazo de presentación de las declaraciones (1 de julio), o desde la fecha de la presentación si la declaración se efectúa fuera de plazo.

Cabe recordar que la devolución no se abona automáticamente; el contribuyente debe pedirla explícitamente a través del documento de ingreso o devolución (modelo 100) adjunto a los formularios de la declaración de impuestos. Por lo general, el reembolso se realiza en las semanas siguientes a la presentación de la renta mediante una transferencia bancaria a la cuenta designada por el contribuyente en dicho documento, aunque también es posible optar por recibir el pago a través de un cheque.

Para aquellos ansiosos por conocer el estado de su devolución tributaria, la Agencia Tributaria ofrece una opción a través del servicio Renta WEB. Accediendo a este servicio y seleccionando el año fiscal correspondiente, los contribuyentes pueden verificar el progreso de su devolución. Tras acceder al expediente a través de la opción "Servicio tramitación de borrador/declaración (Renta WEB)", el sistema requerirá la identificación mediante certificado digital, DNI electrónico, Cl@ve PIN o la referencia del borrador del año anterior. Una vez autenticados, desde el apartado "Estado de tramitación", podrán conocer en qué etapa se encuentra el proceso.

El estado del expediente puede reflejar uno de tres mensajes distintos: "Su declaración se está tramitando", indicando que se encuentra en proceso; "Su declaración está siendo comprobada", señalando que se están realizando verificaciones adicionales; o "Su declaración ha sido tramitada por los órganos de Gestión Tributaria, estimándose conforme la devolución solicitada por usted", indicando que la devolución ha sido procesada y aprobada. Este servicio proporciona a los contribuyentes una forma práctica de mantenerse informados sobre el avance de su devolución de impuestos.