El jurado popular declaró ayer, por unanimidad, al acusado, Pablo S. T., culpable de la muerte de Sebastian Gómez Garrido, en un veredicto que contempla la eximente incompleta de legítima defensa y la atenuante de confesión. Asimismo, indica que no procede la petición de indulto del acusado ni la suspensión provisional de la ejecución de la pena.

Tras la lectura del veredicto y cesión del jurado en sus funciones, las partes informaron sobre la pena que debe imponerse al acusado, de modo que el fiscal se mantuvo en sus cinco años de prisión e indemnización de 120.000 euros para los padres de la víctima, como solicitaba en su calificación de los hechos, mientras la acusación particular solicita 10 años e indemnización de 180.000 euros, y la defensa dos años y seis meses de prisión e indemnización de 120.000 euros.

HECHOS PROBADOS

El jurado ha considerado probado que sobre las 3.30 horas del 26 de agosto del 2001, Sebas, que medía 1,99 metros de altura y de complexión atlética, se encontraba tumbado en la playa del Gurugú en actitud cariñosa con una mujer cuando el acusado, de 1,73 metros de altura, oficial de policía y que no consta que se hubiera percibido de que la pareja estaba all, pasó junto a su lado con la intención de orinar y Sebas le increpó al pensar que se trataba de un mirón.

Sebas fue tras él y le propinó un puñetazo en la cabeza, le arrojó al suelo y le sujetó por el cuello y por atrás. Estando Pablo S. T. en el suelo y la cabeza contra la arena, en un momento dado, el dedo de Sebas se introdujo en la boca del acusado y éste le dio un fuerte mordisco, dándole oportunidad de alejarse unos metros corriendo.

SÓLO TRES DISPAROS

En este punto, el jurado considera probado por mayoría que el acusado efectuó tres disparos, de los cuales dos fueron a cañón tocante y uno realizado a pocos centímetros, el tercero de ellos mortal de necesidad, que le originaron una hemorragia masiva lo que provocó el fallecimiento de Sebas. Asimismo, los miembros del jurado consideran por unanimidad que el acusado disparó admitiendo la probabilidad de que se produjera la muerte de Sebastián Gómez, por razón de su profesión y por la proximidad en que se efectuaron los disparos.

"MEDIO DESPROPORCIONADO"

Creen que Sebas agredió sin justificación para ello y Pablo S. T. se defendió de una agresión inminente, también que el acusado, que desconocía la intención final de Sebas, hizo uso del arma para defenderse pero el medio no fue adecuado sino desproporcionado y excesivo, ya que la víctima no llevaba arma y el acusado sí. Si hubiera utilizado otro medio podría haber ocasionado un mal menos grave.

Los miembros del tribunal popular también consideran que Pablo S. T. no dijo ni hizo actos que provocaran la acción agresiva de Sebas. Que tras los hechos, Pablo S. T. dejó tendido malherido a Sebas y con su coche se dirigió a la escollera en el puerto y arrojó el arma al mar. Se fue a casa y sin haber noticias del autor de la muerte de Sebastián Gómez Garrido llamó a la policía confesándose autor de los hechos y fue detenido. Facilitó información acerca de dónde había arrojado el arma y ésta fue recuperada.

Para emitir este veredicto, el jurado considera que no se han aportado pruebas que demuestren la situación de riesgo en que el acusado decía estar y no ha creído la declaración de Pablo S. T. de que hubo tres disparos intimidatorios a la arena y sí la de la mujer que iba con Sebas, que escuchó tres disparos y no siete, que decía el acusado.

La lectura del veredicto se realizó ayer pasadas las 13.00 horas, después de que el magistrado hubiera devuelto el acta de la votación al jurado, por apreciar la existencia de algún defecto de procedimiento o algún punto sobre el que debían emitir nuevos pronunciamientos, en dos ocasiones, la última en la noche del jueves. En este sentido, tras la lectura del veredicto, la acusación particular solicitó la devolución del acta al jurado al considerar que no había quedado probado que Sebas fue alcanzado en el antebrazo por un disparo y al existir, a su juicio, contradicciones.

POSIBLES RECURSOS

El magistrado denegó la devolución del acta, al considerar que se quebrantaría el secreto de las deliberaciones, aunque añadió que cabe interponer un recurso ante organos judiciales superiores.

Se trata de una posibilidad que tanto la acusación particular como la defensa manifestaron que evaluarán pero antes esperarán la sentencia.