Fiscal, defensas y acusaciones del ‘caso Càlig’ recurren la sentencia
Los letrados de Isauro López y Manuel Mas sostienen que no existe prueba de cargo. Los familiares de los ejecutados piden más años de cárcel y una mayor indemnización
El fiscal Javier Carceller, las cinco acusaciones particulares y las dos defensas. Todas las partes del conocido como caso Càlig han recurrido la sentencia condenatoria impuesta al empresario gallego Isauro López y al castellonense Manuel Antonio Mas por la ejecución del vinarocense Juan Manuel Mata y la cubana Yalennys Valero hace ahora 10 años.
El juicio con jurado popular, que tuvo lugar el pasado mes de noviembre en la Audiencia Provincial de Castellón, sentó en el banquillo a López, amante de la joven fallecida y considerado el autor intelectual del crimen, y a Mas, el cooperador necesario de las muertes, que contactó con el sicario Emilio Pérez Rivera, autor material condenado por el doble asesinato. El magistrado presidente, Esteban Solaz, impuso 28 años de prisión al primero como autor, por inducción, de dos delitos de homicidio. Al segundo, lo condenó a 30 años de cárcel como autor, por cooperación necesaria, de dos delitos de asesinato.
dos puntos de vista // Tanto la Fiscalía como los letrados de los familiares de las víctimas piden en apelación una pena de prisión superior y una mayor indemnización para los allegados de Juan Manuel Mata y Yalennys Valero, fijada en 110.000 euros para los progenitores y 30.000 para los hermanos de los asesinados.
En concreto, la madre y hermanas de la cubana solicitan que Isauro López sea condenado por asesinato y no por homicidio, así como que se le apliquen las circunstancias agravantes de precio y recompensa y alevosía.
Por su parte, las defensas sostienen que no existe prueba de cargo que permita la condena. El abogado de Manuel Antonio Mas, José Miralles, solicita la absolución, mientras que en el caso de Isauro López, su abogado, José Herrero, habla de una vulneración del derecho a un juicio con todas las garantías, entre otras cosas, por denegación de pruebas. La Audiencia Provincial proveerá en breve sobre la presentación y admisión de recursos y los remitirá al TSJCV, que deberá resolver. H
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