Cinco años de prisión y 5.000 euros de indemnización por apuñalar a su compañero de piso en el parque Ribalta de Castelló tras una discusión en septiembre del 2018. Es la condena por una tentativa de homicidio, impuesta por la Audiencia Provincial --ya ratificada por el TSJCV y el Tribunal Supremo, que han rechazado los recursos de casación-- a un vecino de la capital, diagnosticado de esquizofrenia de tipo depresivo y un trastorno de personalidad. La Fiscalía solicitaba una pena de prisión de nueve años.

«La víctima sangraba muchísimo por la yugular y también por la herida de la espalda. La sangre salía a borbotones y lo taponé como pude mientras venía la ambulancia». En estos términos recordó durante el juicio un policía nacional la asistencia que prestó a la víctima del apuñalamiento, que tuvo lugar a plena luz del día, sobre las 17.00 horas.

Desde el inicio de la vista oral, el ya condenado, que se encuentra en prisión preventiva desde su detención, se mostró muy alterado, renegó de su abogado. Tuvo que ser apercibido por el tribunal.

El acusado se negó a responder incluso a su propio letrado defensor y dijo que lo había denunciado ante el Tribunal de Estrasburgo.

La víctima, por su parte, reveló que el inicio de la discusión entre ambos fue el corte de luz que habían sufrido en el piso que compartían. «Yo le dije que no pensaba pagar nada y él se puso muy nervioso. De repente, me lanzó tres navajazos. Pedí auxilio a un hombre que estaba en la calle», dijo el denunciante al fiscal.

Varios testigos del suceso declararon en el juicio oral para recordar lo que observaron ese día. «Vi a un grupo de gente que se empujaba y dos de ellos se pegaban puñetazos. De pronto, vino hacia donde yo estaba un chico que tenía la espalda y el pecho cubiertos de sangre», apuntó un varón.

Aunque el procesado tiene diagnosticado un trastorno esquizo-afectivo, los médicos que lo reconocieron apuntaron que el mismo no afectó a sus capacidades a la hora de cometer el ataque.

Dos forenses del Instituto de Medicina Legal de Castellón analizaron las lesiones que presentaba la víctima. Concluyeron que la de la espalda le provocó al denunciante un neumotórax y afectó a tejido pulmonar. Por lo que respecta a la del cuello, de diez centímetros, indicaron que afectó a la yugular, no así a la carótida.

HERIDAS MORTALES

Ambas, según el dictamen de los doctores, presentaban un riesgo vital para la víctima. «La del tórax era una herida mortal que hubiera podido acabar en fallecimiento por complicaciones», apuntaron a preguntas de los magistrados que integraban el tribunal.