ley del solo sí es sí

Rechazan rebajar la pena al policía de Burriana que abusó de menores

El agente recurre al Supremo para reducir la condena de 61 años por prostitución y corrupción de chavales

El agente aprovechaba su condición para contactar con adolescentes en situación precaria 

Imagen del policía local de Burriana condenado por abusos y prostitución de menores durante el juicio en el 2016.

Imagen del policía local de Burriana condenado por abusos y prostitución de menores durante el juicio en el 2016. / Mediterráneo

El Tribunal Supremo ha ratificado la decisión tomada el pasado mes de diciembre por la Audiencia Provincial de Castellón, que rechazó la reducción de pena, en aplicación de la conocida como ley del solo sí es sí, solicitada por el policía local de Burriana José Antonio Martín Moya, que fue condenado, en el 2016, por abuso y prostitución de ocho menores, todos ellos chicos de entre 14 y 16 años.

Por tanto, de las 55 sentencias revisadas por la Audiencia, en las cuales se ha fallado rebajar la pena a 31 agresores sexuales, en aplicación de la nueva ley, hay 24 que no han supuesto beneficios para el reo y ahí estaría la de este agente nacido en Segorbe.

El Supremo considera que no procede la revisión de la condena por varios delitos de abusos sexuales porque, con la modificación legal aprobada el pasado mes de octubre, la nueva pena sería superior a la impuesta. Cabe recordar que fue condenado por la Audiencia a 61 años y medio de prisión por varios delitos de prostitución y abuso sexual a menores. 

En su resolución, el Supremo considera que el recurrente «formula un alegato de despenalización de los hechos que no se ha producido» e insiste en la gravedad de los delitos por los que fue detenido en la primavera del 2014 por la Guardia Civil.

Inhabilitación absoluta

La sentencia consideró que el condenado, aprovechándose de su condición de agente, contactaba con menores que se encontraban en una situación de precariedad económica o contaban con historial delictivo, a los que prometía mediar en los asuntos policiales o judiciales. Asimismo, el fallo le impuso al policía la inhabilitación absoluta por un periodo de 54 años y le obligó a indemnizar a las víctimas con 125.000 euros en concepto de responsabilidad civil por los daños psíquicos y morales que sufrieron.

Se consideran hechos probados que, entre el 2007 y el 2014, el acusado se valió de su condición de agente de la Policía Local de Burriana para, directamente o a través de terceras personas, contactar con chavales que se encontraban en una situación de precariedad económica o contaban con historial delictivo. Así Martín Moya le pagaba cantidades de dinero que oscilaban entre 20 y 50 euros y les amedrentaba con entorpecer sus procedimientos judiciales para así mantener relaciones sexuales con ellos. Los menores no oponían resistencia física ante el temor a las posibles consecuencias.

Diferencia de edad

Tanto ahora el Tribunal Supremo como ya lo hizo la Audiencia en su día destaca que entre el acusado y las víctimas había una «notable» diferencia de edad, con el inevitable desnivel de madurez sexual entre éste y los menores; así como el déficit en la formación de personalidad de los chicos, procedentes de familias desestructuradas y sin nivel educativo adecuado, «que los hace más vulnerables a la sugestión de terceros».

Además, las víctimas se encontraban en una difícil coyuntura económica a nivel familiar, incluso algunas de ellas vivían en la calle, y otras estaban ingresadas en instituciones de reforma. 

A esto, según la Audiencia Provincial, se unía la situación de superioridad derivada de la condición de policía del condenado, lo que supuso para los menores un «atenazamiento» de su capacidad de autodeterminación en el ámbito sexual para no contrariarlo. Finalmente, el tribunal destacó la entrega de dinero o el ofrecimiento de trabajo para mover la voluntad «fácilmente manipulable» de los menores».

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