MARIHUANA

Giro judicial: Absuelven a la dueña de un chalet de Castelló condenada por cultivar droga su inquilina

Fue condenada a prisión al creer la Audiencia que eran cómplices, pero el Supremo dice ahora que el hecho de que tuviera llaves es insuficiente para hablar de coautoría

Un agente de la Policía Nacional recorre una plantación de marihuana en una imagen de archivo.

Un agente de la Policía Nacional recorre una plantación de marihuana en una imagen de archivo. / MEDITERRÁNEO

Una vecina de Castellón ha sido absuelta por el Tribunal Supremo, pese a haber sido condenada en primera instancia tanto por el Juzgado de lo Penal número 2 de la capital de la Plana, como por la Audiencia Provincial, por un delito de tráfico de drogas al tener su inquilina una plantación de marihuana en una casa de su propiedad. La instancia que ahora ha sido revocada declaró probado que las dos procesadas, actuando de previo y mutuo acuerdo, se dedicaban al cultivo de plantas de marihuana en la casa para destinarla a su venta o distribución entre terceras personas.

Tras recibir información por parte del grupo de hurtos de la Policía Nacional de que desde el exterior de la casa se veían numerosas plantas de marihuana, los agentes de la Unidad de Drogas y Crimen Organizado (Udyco) fueron a comprobar la veracidad de las informaciones en julio del 2017, interviniendo en el lugar 236 plantas de marihuana de unos 50 centímetros y otros 11 ejemplares de 1,20 metros, así como gran cantidad de cogollos de marihuana y una báscula digital.

Analizadas las plantas intervenidas, resultaron tener un peso neto total de seco útil de la sustancia estupefaciente cannabis sativa de 18 kilos y medio. La sustancia estupefaciente hubiera alcanza doen el mercado un precio aproximado de 25.000 euros (venta por kilos) y/o 100.000 (venta en gramos), según la tasación pericial.

La justicia castellonense condenó a las dos mujeres a un año y siete meses de cárcel y a una multa de 30.000 euros por un delito contra la salud pública.

Ambas prepararon sendos recursos de casación. Uno de ellos ha sido desestimado, el de la persona que residía en la casa. En cambio, el otro ha sido estimado por el Supremo al considerar que ser la propietaria del inmueble y tener llaves del mismo no acreditaba lo suficiente ser coautora de dicho delito. En concreto, la sentencia a la que ha tenido acceso este diario señala que la ahora absuelta facilitó la entrada de los policías nacionales, abriéndoles la puerta con su copia de las llaves. Además, firmó como titular de la vivienda el acta de entrega voluntaria de las diversas plantas de marihuana incautadas y residía a escasos metros de esa vivienda.

«El ser titular de un chalet donde reside un tercero, no conlleva el deber de impedir el cultivo de marihuana en el mismo. Es más, aunque la recurrente residiera también en la casa, esa mera circunstancia, no bastaría para afirmar su participación delictiva», dice la jurisprudencia.

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