El Supremo decide el miércoles si mantiene los 5 años de cárcel al ex marido de Oltra por abusos a una menor

Los hechos ocurrieron entre 2016 y 2017, cuando la menor tenía entre 14 y 15 años

Archivo - La ex vicepresidenta de la Generalitat Valenciana Mónica Oltra

Archivo - La ex vicepresidenta de la Generalitat Valenciana Mónica Oltra / Rober Solsona - Europa Press - Archivo

EP

La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo (TS) decidirá el próximo 13 de diciembre si mantiene los 5 años de prisión que se impusieron al ex marido de la ex vicepresidenta y ex consellera de Igualdad del Consell, Mónica Oltra, por abusar sexualmente de una menor tutelada en un centro de València.

Según han confirmado a Europa Press fuentes jurídicas, el alto tribunal estudiará este miércoles el recurso presentado por la defensa del condenado para emitir posteriormente un fallo del que será ponente la magistrada Ana Ferrer.

El ex marido de Oltra fue condenado en noviembre de 2019 por la Audiencia Provincial de Valencia a la pena de cinco años de prisión por un delito de abuso sexual continuado con prevalimiento a una menor.

Según recogía el fallo, la joven estaba acogida en un centro de València donde él trabajaba como educador. Cuando estaba en turno de noche, acudía a la habitación de la adolescente en los momentos en que estaba castigada por mal comportamiento y le daba masajes en el cuello para que pudiera dormirse.

Los hechos ocurrieron entre 2016 y 2017, cuando la menor tenía entre 14 y 15 años. Varias veces, y pensando que estaba dormida, le cogió la mano y se masturbó con ella, tal y como dio por probado la Audiencia de Valencia. Durante el juicio, él negó los abusos pero reconoció que en ocasiones estaba a solas con la niña.

Pide repetir el juicio

Frente a esta condena, la defensa presentó un recurso ante la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV), que fue desestimado.

El TSJ vio la sentencia de la Audiencia Provincial "totalmente correcta" tanto por lo que se refería a la valoración de la prueba como a las consecuencias de índole jurídica que ligaba a los hechos previamente aceptados como probados.

Ahora será el Tribunal Supremo el que decida finalmente si se mantiene la condena o si ordena repetir el juicio "con plenas garantías" y, de nuevo, con la declaración de la víctima, conforme reclama la defensa en su recurso.