La persecución judicial que atenaza el ocio nocturno en el entorno de las tascas sobrevuela ahora el futuro de la zona urbana de Lagasca. El Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat (TSJCV) ha estimado parcialmente el recurso de apelación que interpuso la media decena de vecinos vinculados a la Asociación Castelló Sense Soroll y obliga al Ayuntamiento a repetir las mediciones sonométricas que realizó en la zona en marzo del año 2010. Esas pruebas de ruido son vitales porque si superaran el límite de 65 decibelios fijado por la legislación, el consistorio no tendría más remedio que declarar la zona como acústicamente saturada (ZAS).

La sentencia difundida ayer puede suponer un duro golpe a los empresarios de ocio y restauración de Lagasca en un momento económico crítico. El fallo invalida las mediciones de ruido del 2010 porque se efectuaron justo antes de la semana de Magdalena --que fue del 6 al 14 de marzo--, cuando se da “el montaje de collas, por lo que la gente se reúne en las mismas para organizar su espacio”, reduciéndose sustancialmente “el número de personas que visita los locales de ocio” de las calles Lagasca, Marqués de la Ensenada, Obispo Salinas, Tenerías y avenida Hermanos Bou.

El test de ruido del 2010 respondía a una sentencia del Juzgado de lo Contencioso Administrativo nº 1 de Castellón, que obligó a realizar esas mediciones. Castelló Sense Soroll, en su cruzada para enterrar la tradicional zona de ocio nocturno de la capital, apeló sin éxito en primera instancia al entender que las pruebas de ruido no se habían ejecutado bien. El posterior recurso al TSJCV, en cambio, sí ha sido aceptado.

El concejal de Sostenibilidad, Gonzalo Romero, anunció tras conocer la sentencia que el consistorio “cumplirá el auto del TSJCV y realizará un nuevo estudio de la situación acústica” en la zona de ocio de Lagasca en un plazo máximo de tres meses. Romero se reunió ayer por la mañana con el gabinete jurídico municipal para analizar la resolución.

Romero recordó que la resolución del TSJCV avala “la ubicación de los sonómetros instalados por el Ayuntamiento de Castellón que en su día midieron acústicamente las zonas, así como el periodo de tiempo de tres meses en el que se realizó dicha medición tal y como llevó a cabo el consistorio y no el de un año al que hace referencia la parte apelante”.

El fallo sitúa a los negocios de Lagasca en la misma delicada tesitura que sufren los empresarios de las tascas, cuya actividad pretenden liquidar esos pocos vecinos de la capital.