El Síndic de Greuges vuelve a reprobar a la Conselleria de Igualdad y Política Social, que dirige Mónica Oltra, por su gestión en dependencia. Y es que, según fuentes de la oficina del Síndic, en el 2016 persisten los problemas que ya advirtió el defensor del pueblo valenciano en su informe del 2015, relacionados con la posible vulneración de derechos reconocidos a las personas en situación de dependencia.

Las demoras en la resolución de los expedientes son el principal motivo de las quejas reportadas a la Sindicatura de Greuges. Por ello, desde este órgano se insta a la Conselleria a “poner los medios presupuestarios, técnicos y humanos para poder agilizar los procedimientos” y, así, poder “asignar los recursos que corresponden a las personas valoradas como dependientes”.

Otro asuntos pendiente, según el Síndic, es la compensación a los herederos de aquellos que fallecieron sin poder acceder a la prestación reconocida. Son personas que solicitaron el reconocimiento de su situación de dependencia y que, pasados entre dos y cuatro años, con el OK al grado, fallecieron sin habérsele aprobado el Programa Individualizado de Atención (PIA), “casos en los que las causas de la demora no son imputables a los solicitantes de la valoración, sino a la inacción de la Administración”.

“Toda vez que el fallecimiento se produce habiendo transcurrido más de los seis meses legalmente establecidos para la resolución del expediente, estimamos que puede existir responsabilidad patrimonial de la Conselleria, al no quedar acreditado en el expediente los motivos del retraso en emitir la resolución aprobatoria del PIA”. Por ello, recomienda a la Conselleria que “proceda de oficio a incoar expediente de responsabilidad patrimonial”.

A título de ejemplo, muestra dos quejas tramitadas este verano procedentes de la provincia de Castellón correspondientes a un varón que solicitó el 27 de diciembre del 2010 el reconocimiento de su situación y, pese a reconocérsele un grado III nivel dos, murió el 12 de enero del 2014 sin habérsele aprobado previamente el PIA, y habiendo transcurrido 37 meses desde la solicitud; y la de una mujer que pidió el 14 de diciembre del 2010 el reconocimiento de su situación, que se le otorgó un grado II nivel 1, pero, dado el empeoramiento de su situación, solicitó una revisión, recibiendo el 21 de enero del 2013 un grado III, pero falleció el 2 de febrero de ese año sin haber visto aprobado el PIA, a pesar de haber iniciado todo el procedimiento más de dos años antes. H