Los usuarios de patinete eléctrico de Castellón iniciarán en el mes de marzo una nueva etapa. Aunque, como en Castelló, las nuevas ordenanzas que regulan el uso de estos Vehículos de Movilidad Personal (VMP) en la mayoría de los casos no están en vigor, una normativa superior obligará a partir del próximo 21 de marzo a respetar una serie de normas o, en caso contrario, a estar preparado a afrontar una fuerte sanción económica.

Gráfico con los requisitos que contempla la futura ordenanza para poder circular en patinete por Castelló. MEDITERRÁNEO

Se trata de la nueva Ley de Tráfico de la Dirección General de Tráfico (DGT), que pondrá en marcha una serie de normas para mejorar la seguridad vial de todos los usuarios de la vía. Una de las normas más destacadas de dicha ley es que los VMP, entre los que se encuentran los patinetes eléctricos, pasan a ser vehículos y como el resto de conductores, sus usuarios tendrán más obligaciones, entre ellas someterse a las pruebas de alcohol y drogas que les soliciten los agentes de Tráfico.

Lo que es una escena habitual hoy en día se convertirá en motivos de sanción en las calles de Castellón: conductor de patinete eléctrico utilizando el teléfono móvil, con auriculares, inalámbricos o no, en sus orejas y sin una prenda reflectante que haga más patente para el resto de usuarios de la vía pública. Se trata de tres costumbres muy arraigadas entre los conductores de VMP en Castellón y que a partir del 21 de marzo tiene un coste de 600 euros.

Desglosamos esa multa que pueden poner los agentes si muchos usuarios de VMP no cambian el chip a partir del 21 de marzo: 200 euros por manipular el teléfono móvil, otros 200 por tener conectados, por cable o vía bluetooth, unos auriculares en los oídos y otros 200 más por conducir de noche sin prendas reflectantes y, en muchos casos, sin alumbrado homologado. En total: 100.000 de las antiguas pesetas.

Otras multas para los patinetes eléctricos

La nueva Ley de Tráfico establece otras multas para castigar las malas conductas de los usuarios de Vehículos de Movilidad Personal.

  • CIRCULAR POR ACERAS: el artículo 121 del Reglamento General de Circulación prohíbe la circulación de cualquier vehículo por las aceras y zonas peatones. Como los patinetes eléctricos son considerados vehículos, tienen totalmente prohibido circular por las aceras. El incumplimiento de esta norma es sancionable con 200 euros de multa.
  • CIRCULAR CON PASAJERO: Los patinetes eléctricos sólo están autorizados para transportar a una persona, por lo que circular con pasajero en el patinete es sancionable con 100 euros de multa.