El profesorado interino no tiene la obligación de repetir centro
El Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) ha declarado no ajustada a derecho la resolución de la Conselleria de Educación del año 2017 por la que convocaron la adjudicación de destinos con carácter provisional en prácticas e interinos de determinados cuerpos docentes para el siguiente curso.
Asimismo, ha anulado la base décima de esa orden, en la que se establecía la prórroga de la adjudicación de destino para el curso 2018-2019 cuando reunieran una serie de requisitos, como que la plaza se mantuviera vacante.
El juzgado ha estimado así el recurso interpuesto por el sindicato STEPV, que se opuso a esta medida al entender que vulneraba el acuerdo de profesorado interino del 2010, según el cual las adjudicaciones son anuales. STEPV indica que la Conselleria ya no introdujo esta posibilidad en las adjudicaciones para este curso académico, dado que rectificó.
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