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REMITIDO AL JUEZ

El fiscal pide investigar por malversación y prevaricación al ex alcalde, al secretario y a un técnico de Orpesa

Un edil de Compromís denunció a Fiscalía los abonos de horas y productividad de funcionarios

El fiscal pide investigar por malversación y prevaricación al ex alcalde, al secretario y a un técnico de Orpesa

La Fiscalía de Castellón ha solicitado al juzgado que tome declaración en calidad de investigados (antes imputados) al exalcalde de Orpesa, Rafael Albert, al secretario municipal, y al técnico de personal del Ayuntamiento por pagos en concepto de productividad y horas extra, por si pueden ser constitutivos de malversación de caudales públicos y prevaricación.

LA DENUNCIA

La decisión se produce tras la investigación de la Fiscalía después de que el 24 de enero de 2019, el entonces concejal de Compromís Josep Lluís Romero presentara un escrito a la Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat solicitando que se investigasen los pagos en concepto de productividad y gratificaciones (horas extra) a los funcionarios del Ayuntamiento de Orpesa por parte del Alcalde, Rafael Albert, durante el 2018, y, en caso de que se compruebe que se repiten mensualmente los pagos de forma ilegal y con informes en contra, se pida la restitución a las arcas municipales de todas las productividades y gratificaciones no ajustadas a derecho del dinero público, judicializando a las personas implicadas en los actos denunciados en caso de que los mismos constituyan conductas ilícitas según la legislación vigente

En el escrito de Romero se alude a las nóminas de los meses de septiembre, octubre y noviembre de 2018 y alega que ha detectado pagos por gratificaciones y productividades que son “escandalosas” y, en el caso de las productividades, superan el sueldo mensual de los trabajadores municipales. Cita el caso de pagos de importes de 1.600 euros (2), 1.680, 2266 y 2868 euros. En octubre pagos que van desde uno por un montante de 4.000 euros a dos de 1.550 pasando por otros dos de 1.600 y uno de 2.810. En noviembre cuatro pagos de 1.550, sendos por 1.650 y uno de 3.100 manteniéndose el de 4.400 euros

Argumenta que todos los pagos se han hecho con la objeción de legalidad por parte de la interventora municipal. Aporta documentos en los que se advierte que, además de la objeción de la interventora, aparece la firma del secretario municipal y del alcalde, Rafael Albert. “Resulta sorprendente -agrega el escrito—que el secretario municipal y asesor legal del Ayuntamiento haya cobrado en productividades decididas sin ninguna justificación objetiva por el alcalde de Orpesa la cantidad de 4.000 euros en el mes de octubre y de 4.400 en noviembre”. “Una situación vergonzosa, añade, teniendo en cuenta que es el funcionario de más rango del Ayuntamiento y consciente de que está recibiendo una productividad ilegal. En la misma situación se encuentra el técnico de personal, que ha cobrado también sin ninguna justificación objetiva, según el escrito, 1.600 euros en septiembre, 1.600 en octubre y 1.550 en noviembre”.

LA INVESTIGACIÓN DE LA FISCALÍA

A fin de comprobar la legalidad de los pagos y si pudieran ser constitutivos de un delito de malversación de caudales públicos, se nombró fiscal instructora. La fiscalía recibió la documentación requerida al Interventor General del Ayuntamiento de Orpesa, consistente en la certificación de las cantidades percibidas por el secretario municipal y el técnico de personal durante el 2018 con el desglose de los conceptos de cada una de ellas y la justificación objetiva de las percibidas por gratificación y productividad y si las mismas están dentro de los límites aprobados por el Ayuntamiento según la legislación vigente, según consta en el escrito de 29 de julio del 2019, firmado por la fiscal instructora.

En el mismo, la fiscal apunta que “ha podido comprobarse que las resoluciones de alcaldía de aprobación de nóminas durante el ejercicio 2018 han sido dictadas con el informe jurídico desfavorable respecto a productividades, con los reparos formulados por el interventor del Ayuntamiento al superar las limitaciones contempladas por la normativa reguladora de la función pública y suponer una ampliación continua de las retribuciones económicas mensuales carente de cobertura legal alguna cantidades cuantificadas de manera no objetiva y prescindiendo del procedimiento legalmente establecido, según consta en la propia certificación”.

En concreto, estipula que se han percibido en concepto de productividad sin justificación objetiva en 2018, por parte del secretario del Ayuntamiento en julio 6.650 euros, agosto 6.650 euros, octubre 4.400, noviembre 4.400 y diciembre 4.550 euros.

Por parte del jefe de personal en enero 652+200 euros, febrero 200 euros, marzo 379,36 + 150 euros, julio 2.400 euros, agosto 800 euros, septiembre 1.600 euros, octubre 1.600 euros, noviembre 1.550 euros y diciembre 1.600 euros.

Asimismo, argumenta que la fiscalía recepcionó del Ayuntamiento, tras requerimiento al interventor, un escrito suscrito por el asesor jurídico del consistorio en el que adjunta certificado del acuerdo del pleno de 19/18 y una resolución de alcaldía en la que se reconoce que “los pagos por productividad se satisficieron efectivamente sin ajustarse al procedimiento establecido, pues las mismas hubieran precisado de un acuerdo plenario previo que fijara los criterios generales, y la existencia de los reparos emitidos por la intervención de fondos, aunque, el informe municipal, considera que los hechos no tienen relevancia penal en la medida de que los pagos responden a escenarios de carga de trabajo demostrables además de identificar a las personas del Ayuntamiento que han recibido cantidades de productividad en similares condiciones a las denunciadas.

Por ello y a pesar del pliego de descargo formulado por los servicios jurídicos municipales considera que los hechos deben ser objeto de instrucción para comprobar si de los mismos pudieran derivarse una posible comisión de un delito de prevaricación y malversación de caudales públicos, por lo que concluye la investigación formulando una propuesta de denuncia contra el alcalde, el secretario municipal y el técnico de personal así como cualquier otro que a resultas de las diligencias instructoras pudieran haber recibido cantidades por productividad y gratificaciones que no respondan a causa objetiva o resulten responsables de los hechos relatados.

Para ello solicita que se les tome declaración como investigados, se incorpore declaración de antecedentes penales, se tome declaración oficial al interventor municipal, y se incorpora a la documentación las certificaciones emitidas por el interventor municipal así como la documentación aportada en la denuncia y la remitida por el ayuntamiento a petición de fiscalía con fecha 24 de julio del 2019. Además, pide que se le requiera al ayuntamiento certificación de las cantidades percibidas por los investigados durante el ejercicio 2017 y actual en concepto de productividad y gratificaciones no justificadas si las hubiera así como cualesquiera cantidades que resulten no justificadas percibidas por estas y otras personas al servicio de este consistorio durante los ejercicios 2017, 2018 y actual.

La fiscal acuerda remitirlo al juez decano para que lo reparta al juzgado de instrucción del partido judicial y realice diligencias de investigación penal. Además, solicita que se incoe la complejidad de la causa.

El fiscal jefe, tras esto acuerda, el 6 de agosto de 2019, remitir las diligencias de investigación penal al servicio común procesal de asuntos generales de Castellón formulando denuncia contra Rafael Albert, al secretario municipal y al técnico de personal. Se acuerda la notificación al denunciante y denunciados de la propuesta de denuncia.

En el escrito, firmado por José Luis Cuesta, fiscal jefe, se declara que “resulta incuestionable en términos del propio servicio de Intervención que aquellas remuneraciones se han devengado de manera estable sin obedecer a un especial rendimiento o trabajos extraordinarios determinados por criterios aprobados por el pleno, lo que supone en la práctica, por la estabilidad y su periodicidad, una ampliación continua de las retribuciones económicas mensuales, carente de cobertura legal alguna, siendo incluso satisfechas en supuestos en los que no hay prestación efectiva de trabajo (vacaciones)”.

EL PLENO DE DICIEMBRE DEL 2018

El 19 de diciembre del 2018 (antes de que los hechos se pusieran en conocimiento de la Fiscalía) se aprobó en el pleno del Ayuntamiento de Orpesa una propuesta de acuerdo para establecer los criterios generales para la asignación del complemento de productividad a los funcionarios, que fue aprobada por todos los grupos, salvo Ciudadanos, que votó en contra. Compromís ya denunció entonces el reparto discrecional de las productividades y, aunque no se oponía a que los funcionarios vieran recompensado su trabajo, cuestionó la cuantía. Entre la documentación remitida por el Ayuntamiento aparece el certificado del acuerdo del pleno de 19/18, pero pese al pliego de descargo, Fiscalía considera que se ha de investigar.

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