La deducción en el IRPF por el alquiler de la vivienda habitual será suprimida a partir del próximo ejercicio, aunque podrán seguir beneficiándose de ella quienes hayan firmado el contrato de arrendamiento con anterioridad al 1 de enero de 2015.

De acuerdo con el anteproyecto de ley para la reforma fiscal, resultará necesario en todo caso que el contribuyente hubiera tenido derecho a la deducción por alquiler de la vivienda habitual en un período impositivo devengado con anterioridad a 1 de enero de 2015.

Según el anteproyecto, el objetivo de la supresión es homogeneizar el tratamiento fiscal entre el alquiler y la propiedad de la vivienda habitual, después de que se eliminara la desgravación para las compras posteriores al 1 de enero de 2013.