Imserso confirma una nueva pensión para amas de casa mayores de 65

Las amas de casa mayores de 65 podrán jubilarse dignamente con estas ayudas del IMSERSO

Las amas de casa mayores de 65 podrán jubilarse dignamente con estas ayudas del IMSERSO / PEXELS Andrea Piacquadio

Esther Coelho

Las amas de casa podrán ver su trabajo reconocido finalmente gracias a una serie de nuevas ayudas que ofrece el IMSERSO. Si bien, estas personas, principalmente mujeres, son un pilar de nuestra sociedad, su trabajo no es algo cuantificable ni repercute en la Seguridad Social. En este artículo vamos a explorar las nuevas prestaciones que permiten una jubilación digna.

¿Qué son las pensiones no contributivas?

Normalmente, para optar a una pensión contributiva de jubilación, un requisito indispensable es haber cotizado durante un mínimo de 15 años. Muchas mujeres no han podido trabajar lo suficiente para cumplir este punto por centrarse en cuidar de la familia y del hogar. En este caso, las pensiones no contributivas son su mejor opción. 

Las pensiones no contributivas son un tipo de ayuda que se ofrecen a personas que no han podido llegar al límite mínimo de cotizaciones a la Seguridad Social. El Instituto de Mayores y Servicios Sociales (IMSERSO) ofrece estas ayudas para poder dar un respaldo financiero a las personas que no califican para una pensión de jubilación en la tercera edad. Estas prestaciones son las que pueden ayudar a las amas de casa cuando cumplan 65 años, además de otros complementos y beneficios adicionales como el acceso a servicios médicos y sociales, con el objetivo de garantizar una calidad de vida digna para sus beneficiarios.

Requisitos y condiciones para acceder a la pensión

Como otras pensiones, una pensión no contributiva se concederá si se cumplen una serie de requisitos, tanto personales como financieros que están etiquetados en la Seguridad Social. La persona solicitante debe haber residido en España durante, al menos, 10 años, 2 de los cuales consecutivos e inmediatamente anteriores a la solicitud de la prestación.

La Seguridad Social también revisará las rentas de la persona que solicite esta pensión según si la persona vive sola o acompañada. En el caso de las personas que vivan solas, sus rentas deberán ser inferiores a 6.784,54 euros anuales para calificar. Si viven acompañadas, la cifra varía y depende de la cantidad de compañeros de unidad familiar y si están emparentadas con la persona beneficiaria. Por ejemplo, si hay dos convivientes, la renta máxima es de 11.533,72 euros; en el caso de cuatro convivientes, es de 21.032,08 euros.