El TS habilita agosto para la causa secesionista
Las partes tienen 48 horas para decidir sobre la petición de libertad
Mientras el juez Pablo Llarena perfila la respuesta que le dará a Alemania en relación con la entrega del expresidente de la Generalitat Carles Puigdemont, una vez que dispone desde ayer de la traducción oficial de la resolución, la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo acordó habilitar agosto para conseguir «dotar» a la causa contra los líderes independentistas de «la máxima celeridad».
El tribunal que juzgará a los procesados por rebelión, malversación o desobediencia, al que se incorporarán los magistrados Andrés Palomo y Ana Ferrer, para formar una sala de siete jueces, justifica la medida en que en la causa hay nueve presos, por lo que urge celebrar cuanto antes la vista oral. Aunque la Sala de lo Penal no la haya acordado hasta ahora oficialmente ya se contaba con esta habilitación para poder celebrar el juicio a final de año o a más tardar en enero.
Así se podrán interponer recursos o presentar escritos durante un mes en el que tradicionalmente los juzgados ralentizan casi por completo su actividad. Y lo más importante: se tendrá en cuenta de cara a que corran los plazos para realizar las pruebas que se soliciten en la fase intermedia, y presentar los escritos de calificación, en los que se concretará la acusación de la que finalmente deberá defenderse cada uno de los procesados. La fiscalía presentará el suyo en septiembre, para que las defensas lo hagan en octubre.
Justo ayer, la Sala dio dos días a las partes para pronunciarse sobre la nueva petición de libertad de los presos, tras su traslado a cárceles catalanas y después de conocerse que Alemania no cree que hubiera violencia suficiente para el delito de rebelión. Hasta ahora tanto la fiscalía como la acusación que ejerce Vox han defendido que los nueve deben seguir en prisión.
Además, los huidos a Bélgica Toni Comín y Meritxell Serret ya han recurrido en reformar el auto que les procesó en marzo. Entre sus argumentos destaca «la resolución dictada por el Tribunal de Schleswig-Holstein».
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