El Boletín Oficial del Estado publicado este martes ha endurecido el uso de las mascarillas para la protección contra el coronavirus. El nuevo uso del cubrebocas establecido por el Gobierno apunta que su uso será obligatorio en cualquier espacio público, sin importar la distancia a la que se encuentren el resto de personas.

De esta manera, desde el Ejecutivo se impone la obligación a todas las comunidades autónomas de llevar la mascarilla en cualquier espacio público. En la anterior normativa se establecía como obligatorio el uso de mascarillas en la vía pública o en los espacios al aire libre cuando existía una distancia inferior a 1,5 metros además de en cualquier espacio cerrado de uso público.

El artículo publicado este martes impone el uso de la mascarilla independientemente de si se guarda la distancia de metro y medio o no. "Las personas de seis años en adelante quedan obligadas al uso de mascarillas (...) en la vía pública, en espacios al aire libre y en cualquier espacio cerrado de uso público o que se encuentre abierto al público".

El nuevo texto solo recoge una situación al aire libre en la que el uso del cubrebocas seguirá sin ser obligatorio: "el ejercicio de deporte individual". También aparecen algunas excepciones, como las personas que padezcan algún tipo de enfermedad por la que puedan verse afectadas. "La obligación no será exigible para las personas que presenten algún tipo de enfermedad o dificultad respiratoria que pueda verse agravada por el uso de la mascarilla o que, por su situación de discapacidad o dependencia, no dispongan de autonomía para quitarse la mascarilla, o bien presenten alteraciones de conducta que hagan inviable su utilización.