Ojo en Magdalena: Esta es la multa por circular borracho en patinete

La DGT quiere acabar con las malas prácticas que se hacen en la circulación de este vehículo

Agentes de la Policía Local comprueban si un patinete está homologado.

Agentes de la Policía Local comprueban si un patinete está homologado. / JOSEP CARDA

El patinete eléctrico ha ido ganando adeptos en la ciudad en los últimos años. La DGT se ve obligada a ajustar regularmente las normativas de conducción debido al aumento de usuarios. Con su diseño sencillo, propulsión eléctrica, ligereza y la capacidad de alcanzar velocidades de hasta 25 km/h, los patinetes eléctricos ofrecen una alternativa eficiente para evitar atascos.

En estos días festivos, donde aparcar se vuelve un caos, las calles están cortadas y las multitudes campan a sus anchas, el patinete es una opción a tener muy en cuenta. Sin embargo, es importante tener presente que no está exento del cumplimiento de las normas de circulación. A continuación, te explicamos qué debes de tener en cuenta a la hora de conducirlos.

1. ALCOHOL O DROGAS

Aunque parezca que conducir bajo los efectos del alcohol y las drogas solo no esté permitido en vehículos a motor, circular con estas sustancias en el cuerpo también conlleva una sanción por parte de la Dirección General de Tráfico. Por ello, las multas pueden oscilar de entre los 500 y los 1.000 euros si se circula en estado ebrio, pero, si se detecta algún tipo de estupefaciente en el organismo, el castigo llega hasta los 1.000.

2. USO DEL TELÉFONO MÓVIL

Con las redes sociales y el uso tan frecuente de los smarthphone, es más habitual encontrarse a conductores que estén utilizando el teléfono móvil durante la circulación. Los vehículos de movilidad personal no se libran del uso de estos aparatos, por lo que la DGT especifica que la multa son 200 euros si se utiliza a bordo de un patinete eléctrico.

3. AURICULARES

La Dirección General de Tráfico prohíbe el uso de auriculares o de cascos en la conducción de un VMP (vehículo de movilidad personal) que estén conectados a cualquier reproductor de sonido. Por tanto, desde el máximo organismo de tráfico se especifica que el castigo por hacer esta infracción puede llegar a los 200 euros.

4. CASCO Y ELEMENTOS DE PROTECCIÓN

Según informa la Dirección General de Tráfico, la ordenanza de llevar equipos de protección corresponde a los organismos municipales. El Ayuntamiento de Castelló contempló que el uso de casco es obligatorio al subirse a este vehículo, por lo que las sanciones pueden oscilar a los 200 euros, así como la inmovilización.