La sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Supremo ha emitido una providencia en la que rechaza admitir el recurso de casación presentado por la Generalitat valenciana contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat (TSJCV) que declaró nulo el decreto de coordinación con las diputaciones en materia de deportes.

El Alto Tribunal aduce que sería necesario que la sentencia recurrida se sustentara, «lo que en puridad no es el caso», afirma, en la «interpretación de normas de derecho estatal o de la Unión Europea». Por tanto, el texto señala que «cabe adoptar la decisión de inadmisión mediante mera providencia, sin necesidad de que lo sea por auto motivado».

Esta decisión cierra un proceso judicial durante el que, en marzo de este año, se conoció que el TSJCV había estimado la demanda que presentó en el 2016 la Diputación de Castellón, al declarar nulos el decreto de la Generalitat sobre la coordinación en materia de deporte, al que hace referencia la providencia del Supremo mencionada. El fallo del tribunal valenciano fue idéntico sobre un segundo decreto sobre turismo, sobre el que también se habría presentado recurso de casación ante el Alto Tribunal español y cuya decisión aún no se conoce, aunque cabe prever que se situará en la misma línea.

intensa polémica // Son dos normativas que generaron una intensa polémica entre ambas administraciones, por entender la Diputación que su contenido implicaba una injerencia en sus competencias sin aportar recursos económicos, mientras que la Generalitat defendía la necesidad de mayor coordinación.

En su momento, los magistrados del TSJCV que dieron la razón a la Diputación castellonense (la de Alicante también presentó sus recursos, pero lo hizo más tarde), además de declarar la nulidad de los textos legales por su «falta de conformidad a derecho», condenaron al Consell al pago de las costas procesales, un total de 6.000 euros, a razón de 3.000 por proceso.