El Ayuntamiento de Castelló ha aplicado una reducción de la tasa de basuras a todas las actividades no esenciales proporcional al tiempo en el que estuvo en vigor el estado de alarma por la emergencia sanitaria y social por el covid-19.

La reducción, que se aplicará en el segundo periodo de pago que inicia en septiembre, supondrá una bajada del 27% de la tasa anual y un ahorro global para los comercios y locales de 512.973,04 euros, según ha informado el consistorio en un comunicado. Se beneficiarán de esta medida 8.009 comercios y locales que se vieron obligados a cerrar total o parcialmente tras la declaración del estado de alarma por coronavirus el pasado 14 de marzo.

La alcaldesa, Amparo Marco, ha recordado que esta medida se suma a otras exenciones fiscales aprobadas para apoyar y ayudar a minimizar los efectos económicos y sociales que la crisis sanitaria ha provocado y el concejal de Hacienda, David Donate, ha explicado que esta medida implica la reducción de la cuota anual durante el periodo proporcional al estado de alarma, salvo para aquellos negocios que sí han mantenido la actividad a pleno rendimiento. "Con esta reducción damos respuesta a una demanda del sector y disminuimos la presión fiscal de los comercios y locales que se vieron afectados por el cierre", ha destacado.

El concejal de Reciclaje y Gestión de Residuos, Ignasi Garcia, ha indicado que se hace así "un esfuerzo para ayudar a aquellas empresas y profesionales que han tenido que interrumpir su actividad debido a la crisis sanitaria, una vía más para avanzar hacia la recuperación económica".

LAS FECHAS

La tasa de basuras se pasará al cobro en el segundo periodo de pago de tributos que inicia el 1 de septiembre. Castelló aprobó un nuevo calendario fiscal para este año 2020 que flexibiliza plazos y aplazó el cobro de algunos tributos para paliar las consecuencias económicas provocadas por el estado de alarma. Este segundo periodo del calendario fiscal inicia el 1 de septiembre y finaliza el 30 de noviembre.

En este periodo se tributará por impuesto sobre vehículos y las tasas por vados, por el Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE), la tasa por prestación de servicios de recogida de residuos sólidos urbanos, tratamiento y eliminación de los mismos (la tasa de basuras) y la tasa por utilización privativa o aprovechamiento especial del dominio público local por ocupaciones de subsuelo, suelo de la vía pública, terrenos de uso público y vuelo de la vía pública con determinados aprovechamientos (el periodo anterior a la emergencia sanitaria).