La lentitud de la justicia ha sido clave para que el Tribunal Supremo haya rebajado la condena del empleado de la Caixa Rural San Vicent de la Vall d’Uixó que desvió casi 3,3 millones de euros hacia sus cuentas entre 1998 y el 2005. La Sección 1 ha considerado de este modo parte del recurso de casación presentado por el acusado, que esgrimía la dilación excesiva de la causa como uno de los motivos que aconsejaban una reducción de su pena, lo que finalmente ha conseguido.

Y es que no fue hasta noviembre del 2017 cuando la Audiencia Provincial de Castellón comenzó el juicio por estos hechos, a pesar de que las diligencias se incoaron en el 2005. De hecho, a la hora de emitir sentencia por un delito continuado de apropiación indebida, la Audiencia ya tuvo en cuenta la «atenuante muy cualificada de dilaciones indebidas», por lo que aplicó la pena en su límite mínimo. No obstante, ahora el Supremo la ha corregido y ha rebajado la condena de tres años y cuatro meses de cárcel a dos años y cuatro meses, al considerar que no se había aplicado de manera correcta ese mínimo.

En lo que no entra el tribunal es en discutir los hechos probados que llevaron a la condena del hombre, y que fueron reconocidos por él mismo tras ser pillado.

‘modus operandi’ // Este trabajaba como apoderado en la Caixa Rural San Vicent, un puesto que le permitía introducir correcciones en los registros contables. Durante ese periodo de tiempo «urdió un plan con la finalidad de la obtención de un ilícito beneficio patrimonial». Este consistía en desplazar importantes cantidades de dinero desde el banco a cinco cuentas corrientes, mediante la creación de remesas simuladas. Pese a que la sentencia dice que no ideó el plan con su esposa --no fue condenada, al igual que el hermano del acusado, pese a que también fueron juzgados--, esta conocía el procedimiento y, de hecho, le ayudó a adquirir propiedades inmobiliarias con el dinero que iban consiguiendo.

El engaño fue descubierto por un interventor, quien detectó las irregularidades y se las transmitió al director de la entidad bancaria. Esto hizo que el empleado tuviera que reconocer los hechos, al no poder explicar de manera satisfactoria estos desajustes. Posteriormente, también confesó que valiéndose de su trabajo en la Caixa Rural había obtenido «financiación irregular y no consentida por la entidad», que le había generado un importante pasivo de 1,5 millones de euros.

Según consta en la sentencia, el hombre manifestó su intención de resarcir a la Caixa el daño causado. Sin embargo, poco después vendió dos fincas por un importe aproximado de 200.000 euros, que no dedicó a pagar la deuda que tenía contraída.

indemnización // En la pena impuesta por la Audiencia Provincial se determina una indemnización por el mismo valor de lo defraudado, un punto que no ha sido modificado por el Supremo.

En su recurso de casación, el acusado también había solicitado que se atenuara la pena por reconocimiento de los hechos, voluntad de reparación o error en apreciación de la prueba, entre otros motivos, pero el tribunal acordó desestimarlos.