Respuestas sobre el alquiler de pisos para los inquilinos y los caseros

A continuación te contamos todo sobre la regulación actual del alquiler de inmuebles y lo que necesitas tener en cuenta para conocer tu nivel de riesgo legal tanto si eres un inquilino, como un casero.

Comienza a disfrutar de tu alquiler

Comienza a disfrutar de tu alquiler / Studio Romantic

Rosa Cabrera

Mayor libertad y flexibilidad a la hora de cambiar de vivienda, menos gastos de entrada, ayudas e incentivos para meterte o mantenerte en un piso… en definitiva, alquilar una vivienda cuenta con grandes ventajas. Sin embargo, antes de dar el paso pueden surgirte muchas dudas. ¿Qué documentos se necesitan para formalizar un contrato de alquiler? ¿Qué cláusulas son abusivas? ¿Hasta dónde puedo reclamar?¿Qué requisitos tengo que cumplir para solicitar un bono de ayuda al alquiler?

Descubre aquí si estás cubierto a nivel legal para alquilar una vivienda

En las siguientes líneas te contaremos todo sobre la regulación actual del alquiler de inmuebles y lo que necesitas tener en cuenta para conocer tu nivel de riesgo legal y evitar cualquier sorpresa si vas a vivir de alquiler.

Infórmate bien de tu riesgo legal antes de alquilar

Infórmate bien de tu riesgo legal antes de alquilar / Worawee Meepian

¿Qué derechos y obligaciones debes saber antes de alquilar un piso?

La LAU, (Ley de Arrendamientos Urbanos) es la ley que rige un contrato de arrendamiento. Ya seas arrendatario o arrendador, esta es la ley te garantiza una serie de derechos y obligaciones.

Esta ley, 29/1994 de 24 de noviembre, ha sufrido una última modificación en virtud del Real Decreto-Ley 7/2019 de 1 de marzo, de medidas urgentes en materia de vivienda, con entrada en vigor el 6 de marzo de 2019, y, por lo tanto, es la que se aplica a los contratos de arrendamiento que se firmen a partir de ahora.

Cuando se quiere formalizar el alquiler de una vivienda, el propietario solicita una serie de documentos. Documentos como la identificación personal (DNI, permiso de trabajo y/o residencia) y la documentación que verifique tu capacidad económica (nóminas, contrato de trabajo, declaración de la renta, etc.). del inquilino. El arrendador podrá, además, solicitar un aval bancario o fiador personal.

Duración del contrato de alquiler

La ley que hemos mencionado también establece que el arrendatario tiene derecho a dar por terminado el contrato una vez transcurrido los seis primeros meses a la firma del documento. 

Así, el inquilino podrá dejar el piso si desea hacerlo, pero tendrá que preavisar al propietario con, al menos, un mes de antelación. El dueño estará en todo su derecho de cobrar los días que falten hasta completar los treinta estipulados.

La Reforma de la LAU, permite exclusivamente una penalización equivalente a un mes de renta por año pendiente o en caso de períodos inferiores al año la parte proporcional de indemnización. Para que exista penalización debe figurar en el contrato.

Disfruta como nunca de tu alquiler

Disfruta como nunca de tu alquiler / Studio Romantic

Por otro lado, el contrato de arrendamiento podrá prorrogarse anualmente cinco años (si el arrendador es persona física) o siete años (si el arrendador es persona jurídica o sociedad), salvo que el casero, su cónyuge o sus familiares en primer grado por consanguinidad la necesiten para vivir en ella. Para que esta excepción pueda llevarse a cabo es obligatorio haber incluido esta posibilidad por escrito en el contrato.

Abono de la renta del alquiler

El inquilino de una vivienda deberá pagar mensualmente (normalmente en los siete primeros días del mes) la renta del alquiler establecida en el contrato, hacerse cargo de los suministros domésticos como el agua, la luz y el gas y cuando la vaya a dejar, ha de hacerlo en las mismas condiciones en las que la encontró cuando entró a vivir.

Abono de la fianza

La Ley de Arrendamientos Urbanos contempla la exigencia y prestación de una fianza equivalente a un mes de renta al entrar a vivir en la casa. Cuando se abandone la vivienda, se tiene derecho a recuperar la fianza depositada trascurrido un mes desde que se hayan entregado las llaves y siempre que la vivienda esté en buenas condiciones.

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Asesórate para estar seguro con tu alquiler / Michael Dechev

Distribución de los gastos

Ante la aparición de un desperfecto importante en la vivienda, se debe comunicar lo más rápido posible, solicitando su reparación. Si se rompe la caldera o una tubería que nos inutiliza el baño, por ejemplo, se podrá exigir al casero que lo repare y este deberá hacerlo sin subir la renta. Siempre y cuando, claro, no se haya producido por un uso negligente del arrendatario.

Como se puede solicitar el bono joven de alquiler según las ayudas al alquiler 2023

Ya está en vigor desde el 1 de enero de 2023, la Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2023 que pone a disposición de los ciudadanos las ayudas para afrontar la actual inestabilidad económica.

Se ha incrementado un 5,4%, en la partida destinada a la vivienda, las ayudas al alquiler con el objetivo de facilitar el acceso y la permanencia en una vivienda a sectores de población con escasos medios económicos. Estas ayudas son las siguientes:

  • De manera general: hasta el 40% de la renta mensual.
  • Para los mayores de 65 años: hasta el 50% de la renta mensual
  • Para el tramo comprendido entre los 601 euros y los 900 euros (en determinados ámbitos dependiendo de cada comunidad): hasta el 30% del alquiler.
Vive la vida gracias al alquiler

Vive la vida gracias al alquiler / fizkes

Requisitos para solicitar el bono joven de alquiler

El Bono Alquiler Joven busca facilitar el acceso a la vivienda de los jóvenes, tanto con ayudas directas como incrementando las viviendas sociales a precios asequibles. Con esta ayuda se busca allanar a jóvenes con escasos medios económicos, el acceso a la vivienda o habitación, ya sea en régimen de alquiler o de cesión de uso. Podrán solicitar este bono de 250 euros mensuales todos aquellos que cumplan los siguientes requisitos:

  • Acreditar sus rentas de trabajo.
  • Tener entre 18 y 35 años en el momento de solicitar la ayuda.
  • Poseer la nacionalidad española, la de alguno de los Estados miembros de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo, Suiza o el parentesco determinado por la normativa que sea de aplicación. Los extranjeros no comunitarios deberán hallarse en situación de estancia o residencia regular en España.
  • Ser titular o estar en condiciones de suscribir como arrendatario un contrato de arrendamiento de vivienda o, en calidad de cesionario, de un contrato de cesión de uso.
  • La vivienda arrendada deberá tener la consideración de vivienda habitual y permanente durante todo el periodo por el que se conceda la ayuda y será compatible con otras ayudas.
  • Disponer al menos de una fuente regular de ingresos iguales o inferiores a 3 veces el IPREM (Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples), umbral que podrá aumentar hasta 4 o 5 veces, para casos de personas con discapacidad o víctimas de violencia de género.
Alquila y disfruta como nunca de los tuyos

Alquila y disfruta como nunca de los tuyos / Prostock-studio

  • La renta arrendaticia o precio del alquiler de la vivienda objeto del contrato no podrá superar los 600 euros mensuales. En el caso de alquiler de habitación esta renta o precio deberá ser igual o inferior a 300 euros mensuales. A nivel autonómico se podrá aumentar el límite máximo de las referidas cuantías hasta 900 euros o hasta 450 euros mensuales.
  • Se podrá solicitar durante un plazo de 2 años, y cada año han de cumplirse estas condiciones.