Síguenos en redes sociales:

SENTENCIA DEL TSJCV

Anulan tres restricciones para antenas de telefonía

Las empresas de telefonía móvil no estarán obligadas a retirar las antenas en desuso cuando dejen de prestar servicio en Castellón. Así lo establece una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV), que ha dado la razón parcialmente a la compañía Vodafone y ha anulado tres preceptos de la ordenanza municipal reguladora de las instalaciones e infraestructuras radioeléctricas que el Ayuntamiento aprobó en octubre del 2009.

El fallo anula el apartado A del artículo 9.2.1, que obliga a que las antenas guarden una distancia mínima de 15 metros al linde de la parcela y su altura máxima no supere los 25 metros en zona urbana. El TSJCV acepta el argumento de Vodafone de que esa norma supondría el desmantelamiento de nueve antenas en la capital que dejarían sin cobertura o con una mala señal a buena parte del término municipal y al 60% de la provincia.

La sentencia también anula el apartado D del artículo 9.2.3, que obliga a prever los espacios de ubicación de las antenas en las nuevas zonas urbanas. Por último, queda sin efecto el artículo 13.1, que ordena retirar del solar los elementos de una antena que ya no dé servicio. H

Pulsa para ver más contenido para ti