El Tribunal Supremo ha avalado el pago aplazado de parte de la indemnización de los despidos de un expediente de regulación de empleo (ERE) realizado por la empresa castellonense Becsa el 30 de marzo del 2012, que fue acordado entre la compañía y los sindicatos --y denunciaron 12 de los 116 afectados--, al considerar que ese acuerdo es lícito.

La sentencia de la Sala de lo Social del 22 de julio estima el recurso de Becsa contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV), que había revocado a su vez el fallo del Juzgado de lo Social de Valencia, que consideró procedentes los despidos.

Se vuelve así al acuerdo entre la compañía y el comité de empresa, que redujo el número de afectados de 131 a 116, estableció una indemnización mejorada superior a la legal (25 días por año trabajado, en lugar de 22, hasta un máximo de 14 mensualidades) e incluía que las indemnizaciones se abonarían en un plazo máximo de un año, en atención a los problemas de liquidez de la firma. En cuanto al pago, se acordó abonar 12.000 euros a la fecha de la extinción y el resto en tramos de otros 12.000 euros cada 120 días hasta llegar al tope. H