El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 1 de Castellón ha desestimado la medida cautelarísima solicita por la Asociación Abogados Cristianos para suspender la ejecutividad del decreto de 10 de marzo de 2022, del concejal delegado de Contratación, "en lo que respecta a la retirada y/o traslado y/o destrucción de la cruz sita en el parque Ribalta de Castellón de la Plana" al considerar que no se han acreditado circunstancias que determinen una urgencia tal que impida a la administración formular alegaciones al respecto.

Así, ha decidido reconducir la solicitud a los trámite ordinarios de las medidas cautelares para que se proceda a dar audiencia al Ayuntamiento de Castelló como administración demandada para que en un plazo de diez días presente alegaciones.

Posteriormente, el juzgado acordará lo procedente respecto a la adopción de la medida cautelar interesada. Frente a esta resolución no cabe la interposición de recursos.

En este procedimiento, se ha formulado recurso contencioso-administrativo contra el Decreto, de 10 de marzo de 2022, del concejal delegado de Contratación "en lo que respecta a la retirada y/o traslado y/o destrucción de la cruz sita en el parque Ribalta de Castellón de la Plana".

El juzgado apunta en su resolución que del decreto impugnado no resulta que la retirada o destrucción de la cruz sea inminente, ni siquiera que derive necesariamente del decreto impugnado.