Cloacas policiales

El juez admite la personación de Pablo Iglesias y del PSOE en la causa de la guerra sucia contra Podemos

Sobre la posibilidad de citar a declarar al PP en calidad de investigado, el magistrado indica que, a falta de otros indicios, “no basta decir 'que las actividades presuntamente delictivas pretendían conllevar un correlativo beneficio para dicha formación política, participando en los hechos objeto de la querella altos cargos institucionales del mismo'”

Pablo Iglesias, en la comisión del Parlamento sobre Pegasus: "Las cloacas policiales, judiciales y mediáticas son la norma".

Pablo Iglesias, en la comisión del Parlamento sobre Pegasus: "Las cloacas policiales, judiciales y mediáticas son la norma". / EP

Ángeles Vázquez

Tanto el que líder de Podemos y exvicepresidente del Gobierno Pablo Iglesias como el PSOE podrán ejercer la acusación en la que se investiga la supuesta guerra sucia de la que la formación morada se considera víctima. El juez de la Audiencia Nacional Santiago Pedraz ha admitido su personación en la causa abierta por la querella de Podemos contra el exsecretario de Estado de Seguridad Francisco Martínez y varios mandos de la Policía por las presuntas investigaciones prospectivas y ajenas al control judicial sobre las personas que conformaban esta última formación política.

En sendas providencias, el titular del Juzgado Central de Instrucción número 5 admite la personación de Pablo Iglesias como acusación particular y del PSOE como popular y rechaza ampliar la investigación también a determinados periodistas y al propio PP, como había solicitado el exsecretario general de Podemos.

Sobre la posibilidad de citar a declarar al PP en calidad de investigado, el magistrado indica que, a falta de otros indicios, “no basta decir 'que las actividades presuntamente delictivas pretendían conllevar un correlativo beneficio para dicha formación política, participando en los hechos objeto de la querella altos cargos institucionales del mismo'”.

También rechaza la petición de Pablo Iglesias de investigar a periodistas y, en concreto, a Eduardo Inda. El instructor recuerda que, como ya expuso en el auto en el que admitió la querella de Podemos, en la causa no aparece que “los medios de comunicación participaran en la difusión de noticias falsas a sabiendas de que lo eran".

Además, la actividad de los periodistas, explica, "está amparada por el secreto profesional y por el derecho de los profesionales de los medios de comunicación a recibir y difundir información contenido en el artículo 20 de la Constitución Española“.

Iglesias también acusaba a Inda de haber presentado documentos falsos en un litigio civil que mantuvieron ambos. El juez Pedraz responde al líder morado que no hay "identidad ni subjetiva" entre ese hecho y lo denunciado en la querella que pueda justificar ampliar la investigación que se sigue en la Audiencia Nacional.