El juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 5 de Vila-real ha desestimado la demanda de nulidad de la compraventa del Hostal del Rei --edificio protegido de la ciudad con carácter nacional-- por parte de Bankia a un particular. La sentencia argumenta que el Ayuntamiento no ejerció el derecho de tanteo y retracto de manera adecuada con los precios y condiciones impuestas por el vendedor, esto es, el pago inmediato de 605.000 euros. Lo que planteó el consistorio en su día fue negociar estas condiciones, con un pago a cuatro años, ante la complicada situación financiera en la que se encuentra por las sentencias urbanísticas a las que está teniendo que hacer frente. Sin embargo, según fuentes municipales, Bankia «se negó en todo momento».

Tras conocer el fallo, el alcalde José Benlloch ha requerido de los servicios jurídicos un informe, con el objetivo de valorar la interposición de un recurso ante la Audiencia Provincial. «No estamos de acuerdo con la resolución judicial aunque la respetamos. Por eso, y teniendo en cuenta que el propio juez admite la existencia de dudas, no vamos a tirar la toalla y, si el informe de los abogados determina que hay base jurídica para ello, interpondremos recurso de apelación, con el objetivo de defender hasta el último momento los intereses de Vila-real», valoró ayer Benlloch, quien recuerda que el Hostal del Rei es uno de los pocos edificios que quedan en la ciudad originarios de la época fundacional y que, junto a la plaza porticada medieval, está protegido como Monumento Nacional por su valor histórico-artístico.

Los hechos // La demanda de nulidad de la compraventa del Hostal del Rei se presentó en enero del 2018. El Ayuntamiento consideró que la venta del inmueble por parte de Bankia no había tenido en cuenta el derecho preferencial del consistorio a la adquisición de un elemento del patrimonio protegido, teniendo en cuenta, además, que Bankia es un banco nacionalizado. «Por tanto, esta entidad bancaria, rescatada por el Estado con 46.000 millones de euros de los españoles, es también administración pública, y debe regirse por el principio de lealtad institucional entre administraciones», puntualizó.

Sin embargo, esto no fue así y Bankia formalizó el 31 de julio de 2017 la venta del inmueble protegido, pese a los requerimientos del consistorio para que el edificio fundacional pasase a formar parte del patrimonio municipal. Por ello, se presentó la demanda de nulidad, que el juez de Primera Instancia desestima ahora.