Amenazas de muerte en Castellón: "O mi hija y tú sois para mí o no seréis para nadie"

La Audiencia de Castellón confirma la pena de 15 meses a un hombre por amenazar a su expareja embarazada

Juzgados de Castellón

Juzgados de Castellón / MD

E. P.

La sección segunda de la Audiencia Provincial de Castellón ha confirmado la pena de 15 meses de prisión a un hombre por amenazar de muerte en marzo de 2022 con unas tijeras a su excompañera sentimental --que estaba embarazada de otro varón, su actual pareja, aunque el condenado estaba obsesionado con que era suyo--, y gritarle: "Esto no se va a quedar aquí, o mi hija y tú sois para mí o no seréis para nadie".

El condenado, de 37 años, mantuvo una "breve, pero intensa" relación sentimental con la víctima de cerca de dos meses hasta que ella la rompió en septiembre de 2021. El hombre se enteró en diciembre que su expareja estaba embarazada y ella le explicó que no era el padre del hijo que esperaba, sino que era su entonces compañero. Sin embargo, él no lo asumió y comenzó a decirle que no iba a admitir que otro hombre criara a su hijo.

Así, el 26 de marzo de 2022 cuando el condenado caminaba por una avenida de Castelló se acercó a su expareja para hablar de la paternidad. Ella se negó y siguió su camino, pero la persiguió unos 200 metros contra su voluntad y a la altura del Hospital Provincial la llevó violentamente hasta el hueco de un portal.

Amenaza con unas tijeras en la mano

Allí, la cogió fuertemente de una de las manos, sacó unas tijeras y se las acercó a la altura de la cabeza a la vez que le gritó: "Mira lo que tengo para tí". Seguidamente comenzó a clavar las tijeras en la pared que había detrás de ella y le amenazó con matarla, lo que causó a la víctima un gran temor por su propia integridad física y la de la hija que esperaba. La Policía Local de Castellón tuvo que intervenir a requerimiento de los testigos.

Por estos hechos, el maltratador fue condenado a 15 meses de prisión por un delito de amenazas con la concurrencia agravante de reincidencia, así como la prohibición de acercarse a menos de 500 metros de la víctima durante tres años ni comunicarse con ella.

El condenado presentó un recurso en el que pedía que se le absolviera o subsidiariamente se le condenara a un delito de amenazas leves al alegar que hubo error en la valoración de la prueba al asegurar que solo quería hablar con la denunciante al estar preocupado por su hijo. Asimismo, señaló que la juez que le condenó no había tenido en cuenta que padece una esquizofrenia afectiva y adicción al alcohol.

Sin embargo, la Audiencia de Castellón rechaza las alegaciones y recuerda que los agentes encontraron las tijeras en el bolsillo del acusado y que los testigos se ratificaron durante el juicio oral de los hechos que presenciaron y además declararon que no se habían percatado de que el acusado se encontrara bebido.

Además, afirma que en este la caso la amenaza que profirió el acusado es "indudablemente grave, seria y creíble" al exhibir unas tijeras, lo que "refuerza la posibilidad de que el comportamiento agresivo se repita y máxime teniendo en cuenta la obsesión del acusado hacia la denunciante pese a haberle manifestado en reiteradas ocasiones que el hijo que esperaba no era suyo".