La UJI retirará su medalla a Montero tras la condena por los cursos de la CEC
La universidad abre el expediente para revocar la distinción al exdirigente empresarial
Fue condenado por un delito agravado de apropiación indebida de ayudas formativas
El Consejo de Gobierno de la Universitat Jaume Iha acordado iniciar un expediente administrativo de revocación de la medalla de la universidad al exsecretario general de la extinta Confederación de Empresarios de Castellón (CEC) Rafael Montero motivado por la sentencia condenatoria de la Audiencia Provincial de Castellón.
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Esta decisión se adoptó ayer de acuerdo con lo que dispone el artículo 12 del Reglamento sobre Distinciones de la UJI, que indica que la concesión de estos reconocimiento académicos u otras distinciones honoríficas de la universidad pública de Castellón «se podrán revocar en el supuesto de decisión judicial condenatoria del titular de la distinción».
La tramitación del expediente, que se ha delegado en el comisionado de la rectora para la inspección de servicios, se iniciará con un trámite de audiencia a la persona interesada para que pueda presentar alegaciones, y el resultado del proceso se llevará a otra reunión del Consejo de Gobierno para que este órgano decida sobre la procedencia, si procede, de revocación de la distinción con un acuerdo motivado.
La Audiencia ve posible fraude en los cursos de formación de la CEC
Condena por apropiación indebida
La sección primera de la Audiencia Provincial de Castellón condenó el pasado mes de abril a dos años de prisión y 3.000 euros de multa a Rafael Montero, como autor de un delito agravado de apropiación indebida en el caso relacionado con la gestión de las subvenciones para planes de formación por parte de la patronal empresarial. El mismo fallo recayó también en el que fuera presidente de la CEC José Roca y el director de Formación de la patronal José Antonio Espejo.
Los tres se enfrentaban a una pena de cuatro años de cárcel, que era lo que solicitaba la acusación por un presunto delito continuado de apropiación indebida ante las supuestas irregularidades en la gestión de las subvenciones. Los tres procesados negaron durante la vista el desvío de fondos formativos y no aclararon por qué las tres empresas que los impartieron los cursos dejaron de cobrar 190.000 euros.
Sin embargo, la Fiscalía consideró que, en el año 2011, y «de común acuerdo y con ánimo claro de obtener un beneficio patrimonial ilícito para sí o para la entidad que gestionaban, no transfirieron a las entidades prestadoras de los servicios» esa cantidad.
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