Admisión a trámite
El TC revisará la derogación de la sedición y la ley trans a través de varios recursos
El pleno del TC además ha admitido a trámite también los recursos de inconstitucionalidad promovidos por la Asamblea de Madrid y por el Consejo de Gobierno de la Región de Murcia

El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, conversa con la vicepresidenta segunda del Gobierno y ministra de Trabajo y Economía Social, Yolanda Díaz, en el Senado. / EFE
Ángeles Vázquez
El Tribunal Constitucional ha comenzado su pleno de esta semana con la admisión a trámite de varios recursos, entre ellos, el presentado por Vox contra la ley trans y el de 50 diputados del PP contra la reforma del Código Penal que derogó la sedición y modificó el delito de malversación, conforme pactaron el Gobierno y ERC pensando directamente en los líderes independentistas condenados y en los que aún tienen procedimientos pendientes por su responsabilidad en el 1-O.
El recurso que permitirá al tribunal de garantías tener la última palabra sobre la ley que dividió al feminismo tradicional del PSOE y las nuevas corrientes lideradas por Podemos fue interpuesto por más de 50 diputados del Grupo Parlamentario Vox. El partido de ultraderecha considera que la Ley para la igualdad real y efectiva de las personas trans y para la garantía de los derechos de las personas LGTBI vulnera, entre otros, los artículos 9.3, 10.2, 14, 16, 18, 20, 24, 25 o 27 de la Constitución.
El pleno también revisará la ley orgánica de transposición de directivas europeas y otras disposiciones para la adaptación de la legislación penal al ordenamiento de la Unión Europea, en la que se incluyó la reforma de los delitos contra la integridad moral, los desórdenes públicos y el contrabando de armas de doble uso, lo que concluyó en la derogación de la sedición y una modificación de la malversación, que no sirvió para aligerar las penas de inhabilitación de los condenados por el Supremo.
El Grupo Parlamentario Popular sostiene que la reforma, ya aplicada por el alto tribunal a estos y al procesamiento del expresidente catalán huido, Carles Puigdemont, podría ser inconstitucional por defectos en su procedimiento de aprobación. Además, centra su impugnación a los preceptos que eliminan el delito de sedición y modifican los delitos de malversación y desordenes públicos. Sostienen que estos artículos podrían infringir, entre otros, los artículos 9.3, 14, 24, 117.3 o 62.i de la Constitución.
Contra el impuesto de grandes fortunas
El pleno del TC además ha admitido a trámite también los recursos de inconstitucionalidad promovidos por la Asamblea de Madrid y por el Consejo de Gobierno de la Región de Murcia contra el artículo 3 de la ley que estableció gravámenes temporales energéticos y de entidades de crédito y establecimientos financieros de crédito, por la que se crea el impuesto temporal de solidaridad de las grandes fortunas y se modifican determinadas normas tributarias.
Con ellos ya se han admitido a trámite cinco recursos de inconstitucionalidad contra el citado impuesto, puesto que ya están tramitándose los presentados por Andalucía, Comunidad de Madrid y Galicia. En estos casos la práctica habitual del Constitucional es llevar a pleno en primer lugar el recurso más amplio para con él marcar doctrina sobre todos los aspectos de la ley que pueden presentar problemas de inconstitucionalidad. En plenos posteriores ese criterio fijado entonces se extiende al resto de impugnaciones.
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