Hace casi dos meses que la Audiencia Provincial de Castelló dictó sentencia, tras el veredicto de culpabilidad formulado por un jurado popular el pasado julio, pero el condenado por provocar la muerte de un menor en Vila-real, que se suicidó hace seis años por el acoso, hostigamiento y amenazas recibidas a través de WhatsApp, sigue libre. El vecino de Moncofa Vicente Paradís, de 62 años, todavía no ha ingresado en prisión a pesar de que pesa sobre él una condena de 10 años de cárcel por un delito de homicidio doloso.

La acusación particular, ejercida por los padres y el hermano del joven fallecido, han pedido en reiteradas ocasiones que el ya condenado entre en la cárcel de forma inmediata para empezar a cumplir la pena impuesta. "Queremos que se aplique la ley y se haga justicia", ha señalado el abogado de la familia. Así, el tribunal que juzgó este caso, que generó un gran revuelo mediático por lo novedoso del mismo, ha denegado dichas peticiones, así como el recurso que presentaron contra dicha resolución.

De igual modo, solo conocerse el veredicto, el Ministerio Público también pidió a la sala que el culpable entrara de inmediato en la cárcel.

A la espera de los recursos

Por tanto, todo hace indicar que el magistrado que juzgó la causa está a la espera de que el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat (TSJCV) resuelva el recurso que ha interpuesto Paradís contra la sentencia. Un proceso que podría alargarse meses. Situación que la acusación particular rechaza "dado que ahora hay claro peligro de que, dada la condena de 10 años, quiera evitar la acción de la justicia".

Y es que ante el fallo de la Audiencia pesan dos recursos, el de la defensa y el de la causación particular. Los padres del menor tampoco comparten la sentencia, como ya informó Mediterráneo. El motivo no es otro que la decisión del juez de eliminar la agravante de superioridad, que sí reconoció el jurado popular en su veredicto del pasado mes de julio, lo que supone reducir la condena en varios años. La acusación particular pedía 15 años para Paradís.

Sentencia

El fallo recoge que Paradís es culpable de causar la muerte de forma voluntaria al menor y considera válida la principal prueba incriminatoria, es decir, que la extracción de todos los mensajes del teléfono móvil del fallecido se efectuó cumpliendo la cadena de custodia del terminal. Así da por buenos los mensajes del procesado al menor, al que remitió en solo tres horas 119 tales como «cuando se hace esto es para follar, así que atente a las consecuencias» y «si yo te hiciera ahora chantaje, ¿qué harías?», «tú te metiste en este problema y lo vas a pagar», «si te suicidas les dejarás el marrón a tus padres», «vas a llorar lágrimas de sangre delante de los jueces y de tus padres».

De igual modo, Paradís fue condenado a indemnizar a los padres del joven fallecido con 146.000 euros y a su hermano con 27.000 en concepto de responsabilidad civil.