Confirman los 20 años de pena por el crimen de Casas de la Breva de Castelló

El Supremo desestima los recursos de los 3 condenados por el asesinato

La víctima falleció en 2020 tras sufrir numerosos golpes y varias puñaladas

Cinco hermanos se sentaron en el banquillo de los acusados de la Audiencia Provincial

Cinco hermanos se sentaron en el banquillo de los acusados de la Audiencia Provincial

Carmen Tomás Armelles

Carmen Tomás Armelles

El Tribunal Supremo (TS) ha desestimado los recursos de los 3 condenados por el asesinato de un hombre en Casas de la Breva (Castelló) la noche del día 29 de febrero al día 1 de marzo de 2020.

El juicio se celebró con tribunal con jurado y se dictó sentencia de la Audiencia Provincial de Castellón el 18 de febrero del 2022. Según se recoge en ella, el varón murió como consecuencia de las lesiones sufridas en la agresión de la que fue víctima cuando llegó, sobre las 23.00 horas del día 29 de febrero de 2020, en su vehículo. Según el mismo fallo, fue atacado de forma conjunta y sorpresiva e inesperada una vez que se hubo bajado del mismo. Le propinaron numerosos golpes en distintas partes del cuerpo y varias puñaladas, que le produjeron diversas heridas, que le ocasionaron la muerte. Los acusados se habían provisto de varios cuchillos o navajas y de un bate de béisbol para perpetrar su ataque. Y uno de ellos además golpeó al varón con un candado tipo pitón metálico.

Por estos hechos, dos de los acusados fueron absueltos. Otros tres fueron condenados como coautores penalmente responsables de un delito de asesinato a la pena de prisión de 20 años y uno de los tres, además, a tres años y ocho meses de prisión por un delito de lesiones dolosas, así como al pago de indemnizaciones.

Apelaciones ante el TSJCV

Contra el fallo de la Audiencia se presentaron varios recursos de apelación. La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana dictó sentencia en fecha 16 de septiembre de 2022 descartándolos.

Recursos ante el Tribunal Supremo

Por ello, los representantes procesales de los condenados prepararon recursos de casación por infracción de precepto constitucional e infracción de ley, remitiéndose a la Sala Segunda del TS las certificaciones necesarias para su sustanciación y resolución.

Ánimo de matar

Finalmente, el alto tribunal en fallo de 25 de octubre del 2023 ha considerado que no ha lugar a los recursos y condenarlos al pago de las costas. Entre otros argumentos, el TS estima que concurrió ánimo de matar en la conducta desplegada por el recurrente y sus hermanos. Para ello han atendido a la acción conjunta de tres personas armadas con objetos punzantes frente a una persona desarmada. Junto a ello han tomado en consideración el tipo de armas que llevaban, tales como navajas o cuchillos que utilizaron en su ataque. También han valorado la multiplicidad de golpes propinados a la víctima y las heridas que le ocasionaron, así como las zonas del cuerpo afectadas. 

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