La DGT sigue con su lucha por tratar que las carreteras españolas sean más seguras para los conductores. Por ello, el organismo se ha propuesto acabar con los famosos ‘coches-zombi’, por lo que se han puesto manos a la obra para acabar con este tipo de vehículos.

¿Qué son los ‘coches zombie’?

Este clase de turismos son aquellos que continúan circulando por nuestras carreteras, pero que han sido dados de baja de manera temporal por sus propietarios para, así, ahorrarse ciertos costes como el impuesto de circulación o el pago de seguro. Según un estudio de la compañía de seguros Línea Directa, en nuestro país existen alrededor de 2,6 millones de vehículos sin estar de alta, lo que supone un 7,7 % del total de los matriculados que no están asegurados en España.

Renovación año a año

Por tanto, la DGT, en la normativa que ha entrado en el BOE y que modifica el Reglamento General de vehículos, ha establecido que el tiempo de baja máximo que se puede tener un automóvil es de un año. Una vez transcurrido este plazo, en caso de que no se haya solicitado una extensión de la demora del período de baja, automáticamente se dará de alta. Todo ello, comportará que los dueños de los coches en cuestión deban de actualizarlo, ya que se les obligará a afrontar los pagos consecuentes.

Además, como informa el máximo organismo de la circulación en España, esta prórroga deberá de solicitarse dos meses antes de la finalización del período de baja. Con ello, la DGT explica que “quiere evitar el uso abusivo de la baja temporal con el objetivo de evadir la obligación de llevar un vehículo a un Centro Autorizado de Tratamiento”.

¿A cuánto ascienden las multas por utilizar un ‘coche zombie’?

Las multas que contempla la DGT, en el caso de utilizar algún tipo de estos vehículos, asciende hasta los 3.000 euros. El dinero está fraccionado en tres denuncias: 2.500 por circular sin seguro, 500 por circular con un coche dado de baja y otros 200 euros por circular sin la ITV en regla.