Las AMPAS de la escuela pública de Castellón se oponen a la regulación del plurilingüismo

La FAMPA apela al consenso ante un cambio que afecta a 51 municipios de la provincia 

Imagen de archivo de un centro educativo

Imagen de archivo de un centro educativo

Maria Torres

La Federación de Asociaciones de Madres y Padres de las Comarcas de Castelló ha presentado alegaciones a la suspensión del plurilingüismo en el sistema educativo valenciano en términos municipales de predominio lingüístico castellano, contemplado en el Anteproyecto de ley de medidas fiscales, de gestión administrativa y financiera y de organización de la Generalitat para 2024.

Como publicó Mediterráneo, en la provincia de Castellón hay 51 municipios que se incluyen en la zona de predominio lingüístico castellano y, como consecuencia de la decisión de la Generalitat valenciana, a partir del curso 2024/25 el valenciano puede dejar de ser vehicular, tras un curso --el actual-- de transición.

Apelan al Estatut

En relación con esto, la federación ha alegado que el artículo 84 del Anteproyecto de Ley parece ir en contra del Estatut d’Autonomia ( el artículo 7.2, que establece que las normas y disposiciones de la Generalitat y las del Derecho Foral Valenciano tienen eficacia territorial), puesto que introduce una subdivisión territorial en el régimen jurídico autonómico. También se acogen a otro artículo (el 6) del Estatut, que reconoce al valenciano como lengua propia y oficial del territorio y que nadie puede ser discriminado por ella.

Y a la Constitución

Asimismo, apela que también parece contravenir la Constitución española (artículo 14, igualdad de todos los ciudadanos ante la ley) al establecer diferentes derechos y obligaciones para los estudiantes basándose únicamente en la lengua que se habla en sus municipios. «Esto significa que los estudiantes de habla castellana podrían recibir toda la educación en castellano, mientras que los de habla valenciana tendrían que tomar una parte de sus clases en castellano», aseveran.

La federación considera que la disposición otorga a los consejos escolares y a los titulares de centros privados competencias no reconocidas por la normativa propia que regula en los centros y a los órganos de representación de los consejos. Por ello, considera que lo previsto en este artículo 84 es contrario a la ley. «Por tanto, no pueden ser competentes ni los consejos escolares ni los titulares de los centros privados competentes a efectos de tomar ninguna decisión en este sentido», añaden.

A su vez, la FAMPA Castelló Penyagolosa destaca que no queda justificado que esta modificación de normativa sea tan urgente que limite seguir los trámites habituales consultivos previos habituales (Consejo Escolar Valenciano, Mesa de Padres y Madres, Mesas sectoriales…). «Una modificación como esta precisa de cierto consenso por parte de los diferentes agentes que forman parte de la comunidad educativa», añade.

Apelan al consenso

La FAMPA pide que se elimine el artículo 84 del anteproyecto de ley y la disposición transitoria segunda asociada en este artículo, a causa de las infracciones del ordenamiento jurídico que se han destacado. De no no ser posible, la FAMPA solicita que se modifique el apartado 1, relativo a su ámbito territorial de aplicación, de forma que la suspensión de la norma se aplique de forma igual en todo el territorio de la Comunitat.