Estos son los criterios para conseguir el punto de libre disposición para la admisión escolar

Conselleria ha emitido una instrucción para orientar sobre a qué se puede asignar el punto de libre disposición

El punto extra debe ser votado en el consejo escolar de centro

Imagen de archivo del proceso de admisión escolar

Imagen de archivo del proceso de admisión escolar

La Conselleria de Educación ha emitido una instrucción para informar a los centros educativos públicos y concertados sobre los criterios que pueden emplear para elegir el punto delibre disposición en el proceso de admisión escolar para el próximo curso. Entre ellos figuran la renta familiar, la condición de exalumno o solicitar el centro como primera opción.

De este modo, la administración autonómica ha comunicado la instrucción para la supervisión de la circunstancia específica en el proceso de admisión para el curso 24/25.  Los centros podrán elegir para la valoración un total de 4 criterios diferentes, de entre los 22 que se detallan a continuación, por los que podrá asignarse al alumnado un punto siempre que cumpla al menos uno de los criterios. Esta circunstancia incluye  tanto situaciones coincidentes con el Decreto 48/2024, aprobado recientemente por el pleno del Consell, como otras que no coinciden.

Criterios coincidentes

Así, entre los criterios coincidentes figuran la existencia de hermanos o hermanas, u otros niños o adolescentes integrantes de la familia de acogida o guardadora con fines de adopción, matriculados en el centro o la proximidad del domicilio donde resida el alumno o alumna o del puesto de trabajo de alguno de sus padres, madres o tutores legales.

También figuran en este apartado la renta per cápita de la unidad familiar, la condición de persona destinataria de la renta valenciana de inclusión, que los padres o tutores legales sean trabajadores del centro docente o la concurrencia de discapacidad en el alumnado, en sus padres, madres o tutores legales, o hermanos y hermanas.

Además, se recogen también los supuestos de condición legal de familia numerosa, el alumnado nacido de parto múltiple o la acreditación de familia monoparental, la existencia de hermanos o hermanas u otros niños o adolescentes integrantes de la familia de acogida o guardadora con fines de adopción que solicitan plaza por primera vez en la Comunitat Valenciana o cambian de localidad de residencia.

Asimismo, podrá valorarse para este punto específico la simultaneidad con enseñanzas profesionales de música o de danza, la condición de deportista de élite, de alto nivel o de alto rendimiento, así como el personal técnico, entrenador, arbitral y juez de élite de la Comunitat Valenciana. También contará en este apartado el expediente académico para la admisión al Bachillerato.

Criterios no coincidentes

Entre los criterios que pueden valorarse para la obtención del punto de circunstancia específica y que no coinciden con los criterios de admisión referidos en el Decreto 48/2024, figuran aspectos como la condición de antiguo alumno del centro bien del interesado, de sus padres o alguno de los hermanos u otros niños o adolescentes integrantes de la familia de acogida o guardadora con fines de adopción, de la persona solicitante en el centro para el que pide plaza.

Asimismo, se podrá valorar estar matriculado en el primer ciclo de la Educación infantil en un centro autorizado para impartir estas enseñanzas, así como estar matriculado en el primer ciclo de la Educación infantil en un centro autorizado para impartir estas enseñanzas que sea de la misma titularidad, fundación, asociación o cooperativa, o que los padres o tutores del alumno participante realicen una actividad laboral o profesional remunerada.

En este apartado también se recoge que los padres o tutores legales del alumno participante se encuentren en situación de desempleo, que el alumno pertenezca a una familia no numerosa ni monoparental, en la que tenga un único hermano o hermana, que se haya solicitado el centro en primera opción o que se haya realizado la solicitud de admisión conjunta y simultánea de hermanos en el mismo centro.

Por último, se podrá puntuar otra circunstancia específica determinada por el consejo escolar de los centros públicos o por la titularidad de los centros privados concertados. En este caso los centros solo podrán plantear dos opciones.

Documentación

Desde la Dirección General de Centros Docentes se ha elaborado un cuestionario para que los centros comuniquen la fecha de aprobación por el consejo escolar de los centros públicos o la titularidad de los centros privados concertados de las circunstancias específicas por las que podrá asignarse un punto al alumnado, así como las circunstancias específicas que se han determinado y en su caso la documentación justificativa necesaria para su acreditación.

Todas las circunstancias señaladas deberán ser convenientemente acreditadas durante el proceso de admisión con diferente tipo de documentación, entre la que se incluye el libro de familia, certificados de empadronamiento, contratos de trabajo o diferentes tipos de certificados. La Inspección Educativa será la responsable de la supervisión, de oficio y a todos los centros, de la o las circunstancias específicas no coincidentes comunicadas a través del cuestionario.

Reacciones

Desde el sindicato STEPV se ha criticado el escaso margen de tiempo dado a los centros escolares, ya que, aseguran, se ha presionado a las direcciones de los centros para convocar los Consejos Escolares de Centro este lunes y acordar el punto específico que el nuevo decreto de admisión permite. Además, esta información se tiene que trasladar el martes a la Conselleria de Educación. Aseguran que la administración educativa se ha saltado las normas de procedimiento administrativo al hacer llegar esta circular este mismo lunes, porque no se respeta el mínimo de 48 horas para convocar cualquier órgano colegiado, como lo son los consejos escolares de centro. También incumple el artículo 28 del Reglamento Orgánico y Funcional de los centros de educación infantil y primaria. Además censura que  se haya enviado esta circular mientras se está negociando el reglamento de la Mesa Sectorial.

Por su parte, desde la Confederación de Asociaciones de Madres y Padres de Alumnos de Castellón, Valencia y Alicante, Gonzalo Anaya, se ha recomendado a las madres y paras representantes de las AMPA que propongan a los Consejos Escolares de Centro que se pueda favorecer, al menos, con 1 punto, a las familias que viven en el entorno de la escuela. Así las familias que solicitan plaza escolar en Infantil o Primaria y vivan en el barrio de la escuela podrán disponer de 1 punto extra (siempre que se apruebe como criterio específico) ya que el nuevo decreto de admisión ha incorporado el distrito único.