10 DE LOS 50 ASNOS FALLECIERON EN AQUEL FATÍDICO PROYECTO PILOTO
Abren juicio oral contra el director del Desert de les Palmes y el ganadero por el 'caso de los burros'
La jueza procesa a Toni García y Juan Librán al ver indicios de delito y refrenda la versión de Fiscalía
La Generalitat aparta a García de sus funciones hasta que se resuelva el procedimiento judicial
La polémica muerte de 10 de los 50 burros que participaron durante el verano del 2021 en un proyecto piloto para prevenir incendios forestales en el Desert de les Palmes llegará finalmente a juicio. La magistrada del Juzgado de Instrucción número 2 de Castellón acaba de abrir juicio oral contra las dos personas que estaban investigadas por su implicación con las defunciones de los asnos. Se trata del director del parque natural del Desert, Toni García; y el propietario de los animales, Juan Librán.
La jueza procesa a ambos imputados al concluir que hay suficientes indicios para enviarlos a juicio al, presuntamente, cometer un delito contra los recursos naturales y el medio ambiente por imprudencia, tal como expone en el auto, de fecha de 5 de octubre, a la que ha accedido Mediterráneo.
Con este escrito, la magistrada refrenda la postura de la Fiscalía, que apreciaba un posible delito de maltrato animal en su escrito de mayo del año pasado y proponía tomar declaración judicial al funcionario, tal como acabaría llegando meses después, ya que tanto el responsable del parque como el ganadero explicarían su versión de los hechos ante la justicia.
Reacción de Conselleria
Al trascender este viernes este auto, la Conselleria de Medio Ambiente, Agua, Infraestructuras y Territorio ha acordado apartar cautelarmente de sus funciones al director del parque natural, en tanto se resuelve el procedimiento judicial penal por la muerte de los burros.
La Conselleria aboga por el "absoluto respeto" de la presunción de inocencia del funcionario.
"La causa de la muerte fue la falta de alimentación y no un boicot"
Una de las conclusiones del auto es que la jueza instructora desmiente la versión de los ahora procesados, que en sus respectivas declaraciones sostenían que los asnos habían muerto por un boicot o sabotaje, y apunta a que fallecieron por inanición. «La dieta disponible para los animales del proyecto era del todo insuficiente, dado que las parcelas seleccionadas no reunían una carga trófica adecuada, desde el punto de vista cualitativo para alimentar a los animales empleados, siendo esta la principal causa del deterioro general de su salud y de la mortandad provocada», esgrime.
Ante «la ausencia de alimentación adecuada, ya fuese natural o suplementaria», la magistrada argumenta que «se vieron forzados» a ingerir una vegetación que presentaba «adaptaciones evolutivas para desincentivar su consumo por parte de los herbívoros, como espinas o repelentes químicos».
Tesis compartida
Esa versión contradice a la del pastor de los burros, que aseguraba que sus animales estaban «bien atendidos» y «no pasaron hambre». El director del Desert coincidía en que no murieron «por falta de control ni desatención», sino porque alguien «les acosó» y provocó estrés.
El auto revela que el análisis coprológico (de los excrementos) reveló «una elevada presencia de especies leñosas en las heces que contrastaba con los resultados de estudios sobre las preferencias alimentarias de los asnos, en los que se muestra su preferencia por las gramíneas». Por ello, la jueza María Victoria García remarca en el texto que «la dieta disponible era inadecuada para garantizar la homeostasis de los équidos, fuera de sus preferencias y necesidades alimentarias».
Sin control veterinario
En el auto, la jueza también señala que, pese a ser conocedores los dos procesados de las primeras muertes de los burros, «no dispusieron la realización de una valoración veterinaria» ni «efectuaron el adecuado traslado controlado» de los animales fallecidos ni «solicitaron una necropsia para determinar la causa de las muertes». Hasta el punto de que «se desconoce el destino dado a los cadáveres».
Asimismo, el fallo, que los afectados pueden recurrir, subraya que «la ausencia de medidas estructurales (vallado eficaz, estabulación, dieta complementaria) y de gestión (control sanitario, programa de aclimatación, rotación del pastoreo, seguimiento continuo, etc) supuso un riesgo de perjuicio para la salud de los animales» incluidos en el proyecto.
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